29 de marzo de 2024

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) deplora el homicidio del señor Margarito Díaz González, defensor del medio ambiente y de los sitios sagrados del pueblo huichol, y expresa su solidaridad a sus familiares para quienes solicita al Gobierno del Estado de Nayarit la implementación de medidas cautelares con el fin de garantizar su vida e integridad personal y evitar hechos de difícil o imposible reparación, así como proporcionarles la contención emocional necesaria.

 

Este Organismo Nacional reprueba todo acto de violencia, especialmente cuando deriva, como en este caso, en la privación de la vida de un dirigente de la comunidad Wixárika, y hace un llamado a las autoridades competentes para que también consideren como línea de investigación la oposición que como defensor del medio ambiente siempre tuvo hacia la construcción de la presa de almacenamiento “La Maroma” y obras integradas a ese proyecto ubicadas en los municipios de Real de Catorce, Villa de Guadalupe y Matehuala, San Luis Potosí.

 

La construcción de dicha presa, que abastecerá de agua a los estados de Durango, Jalisco y Guanajuato, de acuerdo con el líder Díaz González, afectará Wirikuta, pueblo sagrado de los huicholes; no obstante, en la consulta previa, libre e informada al pueblo Wixárika las autoridades federales y estatales dieron a conocer a esa comunidad que se preservarán los centros ceremoniales en el área natural protegida de Wirikuta, se reforestará la zona y habrá cuidado del medio ambiente, por lo cual accedieron a la realización del proyecto.

 

El homicidio de Díaz González fue perpetrado el pasado 8 de septiembre en su domicilio, aunque la información del mismo fue difundida el día de ayer, ante lo cual la CNDH solicita a las autoridades correspondientes dar con los responsables, presentarlos ante la justicia para que reciban la sanción que en derecho corresponda, así como evitar hechos de similar naturaleza y que este caso no quede impune.

 

Al actualizarse los elementos de gravedad, urgencia y daño irreparable ante el homicidio del promotor de los sitios sagrados de la comunidad Wixárika, la CNDH solicitó la implementación de medidas cautelares con base en lo dispuesto por los artículos 3, 6 fracción II y 40 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y 116, 117 y 118 de su Reglamento Interno.

 

Asimismo, se dispuso que personal de este Organismo Nacional se traslade al lugar de los hechos a efecto de brindar acompañamiento y asesoría a los familiares de la víctima para que puedan hacer efectivos sus derechos de acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación integral del daño.

 

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos observará puntualmente la actuación de las autoridades y en su momento emitirá el pronunciamiento que conforme a derecho corresponda.

 

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