22 de diciembre de 2024

Dirige CNDH recomendación al Gobierno de Baja California Sur y a la PGR

Por incurrir en diversas omisiones e irregularidades al investigar agresiones cometidas contra un periodista de esa entidad federativa que provocaron su desplazamiento forzado

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 91/2018 al Gobernador de Baja California Sur y al encargado de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales en suplencia del Procurador General de la República (PGR), por incurrir en diversas irregularidades al investigar las agresiones cometidas contra un periodista, haber omitido salvaguardar su libre ejercicio de la libertad de expresión e incumplir con su obligación de garantizarle un retorno seguro al ser desplazado forzadamente, ésta última omisión únicamente atribuible al Gobierno de Baja California Sur.

 

Este Organismo Nacional acreditó que las autoridades transgredieron los derechos humanos del periodista de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia, a la libertad de expresión, y a no ser víctima de desplazamiento forzado.

 

El 19 de diciembre de 2016, el 8 de febrero y el 28 de marzo de 2017, personas desconocidas ingresaron a la vivienda del periodista para incendiar los vehículos que se encontraban en su interior; en los dos primeros sucesos el fuego ocasionó serios daños a los vehículos y al inmueble. En el tercer evento los agresores no lograron consumar el incendio debido a la intervención de los escoltas designados para la protección del comunicador, dándose un enfrentamiento con armas de fuego, en el que uno de los escoltas perdió la vida.

 

La Procuraduría Estatal y la PGR iniciaron las investigaciones correspondientes que hasta la fecha no se han determinado, lo cual ha traído como consecuencia que el periodista no tenga certeza de la naturaleza de las agresiones y se mantenga ante un riesgo inminente, por lo cual no ha podido reanudar su actividad periodística a plenitud. Al haber iniciado las investigaciones, la PGR debe analizar y determinar si ejerce o no la facultad de atracción.

 

Con motivo del primer atentado, este Organismo Nacional solicitó a la Secretaría de Gobierno del estado la implementación de medidas cautelares en favor del agraviado y su familia; a pesar de que la solicitud fue aceptada por la autoridad, ocurrieron agresiones posteriores que no fueron repelidas por la autoridad local. Aunado a ello, el comunicador manifestó a la CNDH que no recibió ninguna medida de protección por parte del gobierno local y tampoco fue contactado para ello, por lo cual el Gobierno del Estado faltó a su deber de garantizar un ambiente seguro para el periodista.

 

Después del segundo ataque el periodista fue incorporado al Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, otorgándosele medidas urgentes para salvaguardar su vida y seguridad; después del tercer ataque, se le extrajo de la entidad y actualmente se encuentra desplazado al interior de la República sin que el Gobierno del Estado de Baja California Sur haya cumplido con su obligación de garantizar el retorno voluntario o reasentamiento del periodista para que retome su vida habitual en su lugar de origen.

 

En su investigación, la CNDH confirmó la violación a los derechos humanos ya mencionados, por lo que pide al Gobernador de Baja California Sur repare de manera integral el daño al periodista; se continúe con la integración de la carpeta de investigación del tercer ataque, a fin de esclarecer los hechos y sancionar a los responsables, considerando que los hechos que se investigan constituyeron una agresión al comunicador; se emitan lineamientos en los que establezca la posibilidad de que dicha representación social estatal consulte a la PGR sobre la atracción de las indagatorias cuyas víctimas sean periodistas o personas afectadas en el ejercicio de la libertad de expresión.

 

Asimismo, se coadyuve con la CNDH en la presentación y seguimiento de la queja que se presente ante la Contraloría General del Estado y el Órgano Interno de Control de la Procuraduría Estatal en contra de los servidores públicos involucrados; se capacite a los agentes del Ministerio Público respecto de la debida diligencia en la integración de indagatorias, así como al personal encargado de atender a periodistas; se realice un diagnóstico de la situación de violencia que viven los comunicadores de la entidad que provocan el Desplazamiento Forzado Interno (DFI), y un plan de acción para solventar las fallas institucionales para garantizar un entorno seguro al gremio periodístico.

 

Al Subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales en suplencia del Procurador General de la República (PGR) se solicita continuar con la integración de las carpetas de investigación, a fin de esclarecer los hechos y sancionar a los responsables; colaborar con la CNDH en el trámite del procedimiento que promueva ante la Visitaduría General de la PGR para que investigue, y en su caso, determine la responsabilidad administrativa en que pudo incurrir personal pericial y policial que participó en la integración de las carpetas de investigación federales.

 

Se capacite al personal ministerial respecto de la debida diligencia en la integración de las investigaciones; analizar y determinar si ejercerá la facultad de atracción en el presente caso y, emitir lineamientos al respecto.

 

La Recomendación 91/2018 ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx

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