Saluda CNDH la sentencia de la SCJN que impedían contraer matrimonio a personas del mismo sexo en el estado de Nuevo León
El Máximo Tribunal del país atendió los argumentos expuestos por este Organismo Nacional, en cuanto a que las disposiciones impugnadas vulneraban los derechos humanos a la igualdad, no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) saluda la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalida las disposiciones del Código Civil para el Estado de Nuevo León que impedían el matrimonio igualitario. De esta manera, se pretende hacer efectiva la obligación de todas las autoridades de dicha entidad de erradicar cualquier motivo de discriminación, particularmente la motivada por identidad de género y orientación sexual.
Con esta sentencia, la Suprema Corte reiteró su jurisprudencia en el sentido de que la institución del matrimonio puede cambiar con el paso del tiempo y no debe tener necesariamente como finalidades la procreación y perpetuación de la especie, teniendo todas las personas la libertad de determinar su proyecto de vida en común.
El Pleno de nuestro Máximo Tribunal determinó, por unanimidad de diez votos, que las disposiciones impugnadas por la CNDH resultan inconstitucionales al vulnerar los derechos humanos a la igualdad, no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad.
La ministra y ministros de la SCJN señalaron este 19 de febrero que todas las normas del Código Civil del Estado de Nuevo León, así como todos los ordenamientos de dicha entidad que aludan a la institución del matrimonio y el concubinato deberán entenderse que involucran a dos personas del mismo o de diferente sexo.
En febrero de 2018, la CNDH presentó demanda de acción de inconstitucionalidad contra una reforma al Código Civil para el Estado de Nuevo León, para garantizar los derechos y las libertades de las personas que deseen contraer matrimonio con otras de su mismo sexo en esa entidad federativa, así como para suprimir los prejuicios y estigmas que no resultan propicios para lograr la igualdad de condiciones para ese grupo social frente a las demás personas.
La acción emprendida por este Organismo Nacional refrenda el compromiso de proteger los derechos humanos de la comunidad LGBTTTI, pues hace posible que sus integrantes contraigan matrimonio en las mismas condiciones en que lo hacen las demás personas en Nuevo León, sin necesidad de promover un juicio de amparo o transportarse a otro estado de la República.