22 de diciembre de 2024

Subraya la CNDH la importancia de generar empleos decentes contribuir a erradicar la pobreza, ante el aumento de desempleo en el mes de marzo

1 de mayo, Día Internacional del Trabajo

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) alerta a las autoridades, al sector económico y a la sociedad en su conjunto sobre la tasa de desempleo de la Población Económicamente Activa (PEA) que llegó al 3.6% en marzo del presente año, registro que no se alcanzaba desde diciembre de 2016, conforme a datos del INEGI, ante lo cual subraya que el reto no solo es crear empleos, sino que éstos sean empleos decentes, estén bien remunerados para que las y los trabajadores y sus familias puedan acceder a los mínimos de bienestar, cubrir sus necesidades básicas desde las perspectivas constitucional y de derechos humanos, superen la pobreza, ya que ésta no es solo un indicador de la situación económica del país, sino un asunto de dignidad humana.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) de la ONU destacó en sus Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados la insuficiencia del salario mínimo en nuestro país para proporcionar condiciones de vida digna; la alta proporción de personas en la informalidad; que el desempleo y el subempleo afectan especialmente a personas jóvenes, con discapacidad y migrantes, entre otros; condiciones laborales injustas en el trabajo agrícola y el servicio doméstico; un sistema de protección social fragmentado por sectores y vinculado a la formalidad del empleo.

Este Organismo Nacional reconoce el esfuerzo del actual gobierno de la República, para impulsar el incremento del Salario Mínimo, si bien todavía insuficiente, sin duda representó un paso importante con miras a alcanzar el pleno goce y ejercicio de los derechos humanos a un trabajo y salario, decente y digno.

En ocasión del Día Internacional del Trabajo –1 de mayo—, la CNDH subraya la importancia del derecho de toda persona de acceder al trabajo digno y socialmente útil, reconocido en los artículos 5° y 123 constitucionales, así como en diversos instrumentos internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales “Protocolo de San Salvador” y en distintos Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo.

Preocupa que de acuerdo con la ONU, la mitad de la población mundial vive con el equivalente a dos dólares diarios, con una tasa mundial de desempleo del 5.7%, y en muchos lugares el hecho de tener un empleo no garantiza la capacidad para escapar de la pobreza aunado a la carencia persistente de oportunidades de acceder a un mercado laboral en condiciones dignas. El número de empleos necesarios entre 2016 y 2030 asciende a 30 millones al año, tomando en cuenta el ritmo de crecimiento de la población mundial en edad laboral, el cual aumenta a 470 millones.

Ante este panorama, la CNDH considera que las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos son agente de cambio para favorecer el respeto de los derechos humanos en sus respectivos países, por lo que se debe impulsar que los gobiernos, el sector económico y la sociedad fortalezcan sus esfuerzos para materializar la aspiración que tienen todas las personas de acceder a un trabajo decente, el cual entre otros factores, sea un empleo productivo que genere un ingreso justo, que respete la seguridad en el lugar de trabajo y la protección social para las familias, además de colaborar en la realización de las metas de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que en su Objetivo 8 busca promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo, así como el trabajo decente para todas y todos.

Por ello, este Organismo Autónomo ha enfocado sus esfuerzos en la promoción y defensa de los derechos laborales y de seguridad social, para garantizar la igualdad y no discriminación de quienes pertenecen a grupos de atención prioritaria, para construir una sociedad más justa, con mejor calidad de vida que permita a cada persona alcanzar su desarrollo intelectual, personal, social y, en general, su autorrealización.

Esta Comisión Nacional, conforme a sus facultades, se ha ocupado de casos y situaciones que impactan en el goce y ejercicio del derecho humano al trabajo, a los derechos humanos en el trabajo y a la seguridad social a través de los Estudios Sobre presupuesto público y derechos humanos, Los derechos humanos y la corrupción en México. Análisis de las tendencias en las entidades federativas entre el 2000 y el 2014; el documento intitulado Salario Mínimo y Derechos Humanos; y, el Libro los derechos humanos laborales resultado de un convenio de colaboración con el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA).

Además, ha emitido las Recomendaciones específicas 2/2017, 22/2017, 23/2017, 25/2017, 28/2017, 53/2017, 60/2017, 32/2018, 54/2018, así como la Recomendación General 34/2018. El material mencionado puede consultarse en la página www.cndh.org.mx

En esta fecha conmemorativa, la CNDH reitera su llamado para que el Estado mexicano ratifique el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Convenio número 189 de la OIT sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos.

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