21 de noviembre de 2024

Improcedentes medidas cautelares contra Enrique Cárdenas por violencia y difusión de propaganda electoral en redes del Gobierno de Zapopan

Imagen tomada de: mvsnoticias.com

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por el partido político Morena en contra de Enrique Cárdenas Sánchez y los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC), por la realización de expresiones que incitan a la violencia en propaganda electoral, derivado de los promocionales pautados por el partido político Movimiento Ciudadano con números de folio  RV00159-19, RA00212-19, RV00198-19, RA00273-19, RV00160-19 y RA00214-19.

En sesión extraordinaria urgente, con el voto unánime de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Benito Nacif, la Comisión determinó, que, de un análisis preliminar, se observó que por lo que respecta a los promocionales RV00159-19, RA00212-19, RV00198-19 y RA00273-19, se trata de hechos consumados e irreparables, ya que, a la fecha, ha culminado la vigencia de la difusión de los promocionales denunciados y no se cuenta con elementos que permitan suponer la reprogramación de su difusión.

Por otro lado, en los promocionales RV00160-19 y RA00214-19, se determinó de forma provisional, que la utilización de la frase “BATALLA DE PUEBLA” o “NUEVA BATALLA DE PUEBLA” no constituye apología a la violencia.

En el proyecto se determina la improcedencia del dictado de medidas cautelares, en virtud de que, en apariencia del buen derecho, no se advierte que la utilización de la frase “la nueva batalla de Puebla” o “batalla de Puebla” de manera aislada y contextual, pudiera implicar una amenaza cierta y creíble de perturbación al orden público de la referida entidad federativa. En cuanto a la tutela preventiva solicitada se consideró igualmente improcedente.

En un segundo punto, la Comisión de Quejas resolvió declarar como improcedente la adopción de medidas cautelares formulada por el partido político Morena derivado de la presunta difusión de propaganda electoral de Enrique Cárdenas Sánchez, candidato común por los partidos PAN, PRD y MC a la gubernatura del estado de Puebla, desde la cuenta oficial de la red social Facebook del Gobierno de Zapopan, Jalisco.

Los integrantes de la Comisión declararon la improcedencia de la solicitud de medida cautelar, en su modalidad de tutela preventiva, con la finalidad de evitar que se lesionen los principios de imparcialidad y neutralidad en el uso de recursos públicos y equidad en la contienda.

Sin embargo, de un análisis preliminar del material denunciado se considera improcedente el dictado de medidas cautelares solicitadas, pues de las constancias que obran en autos, se advierte que la publicidad denunciada no se está difundiendo en la página oficial de Facebook del Gobierno de Zapopan, por lo que se considera que se está frente a un acto consumado. Aunado a lo anterior, no se cuentan con elementos que permitan suponer que el Gobierno de Zapopan, tenga planeado volver a insertar dicha imagen en la multicitada red social.

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