21 de noviembre de 2024

Busca Ley de Amnistía del Ejecutivo federal subsanar injusticia originada por pobreza, marginación y exclusión social: Olga Sánchez Cordero

Señala secretaria de Gobernación que ello ha provocado mujeres, jóvenes e indígenas, estén en prisión por delitos menores

La amnistía propuesta por el Ejecutivo federal es una ley que busca subsanar la injusticia que origina la pobreza, marginación y exclusión social que ha provocado que “mujeres, jóvenes e indígenas, estén en prisión por delitos menores, ya sea del ámbito federal o local”, destacó la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero.

 

Durante la conferencia de prensa donde estuvo acompañada del consejero jurídico del Ejecutivo federal, Julio Scherer Ibarra, enfatizó que se busca beneficiar con esta ley –aún bajo estudio y dictamen en el Senado de la República– a quienes hayan cometido 1) aborto, 2) delitos contra la salud, y 3) personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas que no hayan contado con intérpretes o defensores con conocimiento de su lengua y cultura.

 

También por 4) delito de robo simple y sin violencia que no amerite pena privativa de la libertad de más de cuatro años y 5) delito de sedición, siempre que no se trate de terrorismo y que en los hechos no se haya producido la privación de la vida, lesiones graves o se hayan utilizado armas de fuego.

 

En lo que toca a delitos contra la salud la ley está dirigida a personas en situación de pobreza, extrema vulnerabilidad, exclusión, discriminación o discapacidad permanente. Asimismo, cuando el delito se haya cometido por indicación del cónyuge o pariente o haya sido la persona obligada por grupos de la delincuencia organizada.

 

También, personas indígenas o afromexicanas que se encuentren en las hipótesis anteriores y personas consumidoras siempre y cuando la cantidad poseída de narcóticos no haya sido superior a dos tantos de la dosis máxima autorizada por ley y sin fines de distribución o venta.

 

En el caso del aborto, las personas beneficiadas con la amnistía serían la madre del producto y aquellas que hayan sido señaladas de haber auxiliado en la interrupción del embarazo como médicos, cirujanos, comadronas, parteras u otro personal autorizado de servicios de salud, así como a familiares de la madre del producto.

 

La secretaria Olga Sánchez Cordero destacó que según la estadística de población penitenciaria federal no existen mujeres detenidas o sentenciadas por aborto en el ámbito federal, toda vez que este delito normalmente es del fuero común.

 

Sin embargo –explicó— sí las hay en el ámbito local, por lo que es necesario contemplar esta hipótesis en la Ley de Amnistía. En este sentido, refrendó que la Secretaría de Gobernación promoverá que los congresos locales expidan sus respectivas leyes de amnistía tratándose de delitos del fuero común.

 

También se incluyó el homicidio por razón de parentesco cuando el sujeto pasivo sea el producto de la concepción en cualquier momento de la preñez en los supuestos ya especificados anteriormente. Lo anterior, indicó la secretaria de Gobernación, porque se tiene el registro de casos en donde la mujer que aborta es acusada de homicidio.

 

“Como Secretaria de Gobernación y como mujer refrendo mi convicción de que la mujer que aborta lo hace por necesidad extrema, por algunas otras razones, por lo que penalizarla representa una profunda injusticia que debe ser corregida en beneficio de todas aquellas mujeres que en el ámbito local se encuentran presas o indiciadas por esa conducta”, ratificó.

 

El consejero jurídico del Ejecutivo federal, Julio Scherer Ibarra, añadió que la Ley de Amnistía dejará subsistente la responsabilidad civil y a salvo de derechos de quienes puedan exigirla, así como el derecho de las víctimas.

 

Manifestó que, en el procedimiento, las personas interesadas o sus representantes deberán presentar la solicitud ante un órgano del Ejecutivo federal, quien lo presentará ante un juez; todo procedimiento puede ser impugnado.

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