24 de noviembre de 2024

Solicita CNDH a INM y COMAR implementar medidas cautelares para salvaguardar la integridad y seguridad de personas en contexto de migración alojadas en la estación migratoria del instituto en Tenosique, Tabasco

Las pide por los hechos ocurridos el 31 de marzo de 2020 en esas instalaciones, en donde un grupo de migrantes se manifestó, lo que provocó un incendio y la muerte de una persona, así como varios heridos

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicita al Instituto Nacional de Migración (INM) y a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) implementar medidas cautelares para salvaguardar la integridad y seguridad de las personas en contexto de migración alojadas en la Estación Migratoria del INM en Tenosique, Tabasco, derivado de los hechos ocurridos el 31 de marzo de 2020 en esas instalaciones, en donde un grupo de migrantes se manifestó, lo que provocó un incendio y la muerte de una persona de nacionalidad guatemalteca, así como varios heridos.

 

Este Organismo Nacional solicita al INM y a la COMAR cooperar en la investigación ministerial que se inició con motivo de los hechos referidos para deslindar las responsabilidades a que haya lugar, coordinarse con la representación diplomática de Guatemala para que se brinde la asistencia integral médica y psicológica a los familiares de la persona que perdió la vida y se lleve a cabo la repatriación del cuerpo, garantizando que los migrantes que se encontraban alojados en las instalaciones citadas cuenten con atención médica y psicológica, así como con una estancia digna, en tanto se resuelve su situación jurídica migratoria.

 

Asimismo, se les informe de la posibilidad de regularizar su situación o bien, alternativas a su detención, agilizando los procedimientos administrativos principalmente de personas en situación de vulnerabilidad y en caso de que se detecten niñas, niños o adolescentes que se encuentren en compañía de algún familiar, o bien, que viajen solos.

 

En cuanto tuvo información de los hechos, personal de la CNDH se desplazó a las instalaciones de la Estación Migratoria y dio Fe de las condiciones inapropiadas de seguridad interna, ya que las colchonetas y cobijas en el área varonil estaban quemadas, y confirmó que en la noche del 31 de marzo de 2020 existía sobre población en ese recinto, toda vez que su capacidad es de 100 personas, y sin embargo, había 156 alojadas, entre mujeres, niñas, niños y adolescentes,

 

Por todo ello, se evidenció que ese lugar no cuenta con la infraestructura suficiente y adecuada que permitiera un alojamiento digno, servicio médico y demás servicios tendentes a garantizar los derechos humanos.

 

Esto fue lo que orilló a que las personas alojadas se alteraran, gritaran y buscaran salir quemando colchonetas, lo cual presumiblemente ocasionó la muerte de una persona por asfixia a la inhalación de monóxido de carbono. En los medios de comunicación se señaló que las personas migrantes comenzaron a manifestarse, además de lo anterior, por el temor de contagiarse de la enfermedad denominada coronavirus COVID-19.

 

Cabe destacar que en la visita del personal de la CNDH se advirtió que debido a lo ocurrido, 40 personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado fueron conducidas al albergue denominado “Ave Fénix”; 38 fueron trasladados a la Estación Migratoria en Villahermosa; 4 personas continúan en el hospital comunitario de Tenosique; en tanto que 7 migrantes, fueron dados de alta y serán remitidos a la primera estación migratoria mencionada, y 2 se encuentran a disposición de la Fiscalía General del Estado de Tabasco (FGE), derivado de la carpeta  de  investigación  que  se  inició con motivo de los hechos, por lo que es necesario se garanticen las necesidades básicas para evitar que se vulneren los derechos humanos de los migrantes.

 

Este organismo autónomo, expresa su condena y preocupación ante la falta de acciones decididas por el Instituto Nacional de Migración para evitar el hacinamiento, y con ello prevenir hechos como los acontecidos en la Estación Migratoria de Tenosique, en que perdiera la vida una persona, además de poner en riesgo la vida del resto de la población migrante alojada en dicho recinto.

 

Considera que de adoptarse las medidas preventivas a favor de las personas migrantes se evitaría la consumación irreparable de hechos violatorios como los acontecidos a la población migrante alojada en los recitos migratorios del INM, en donde se encuentran mujeres, niñas, niños, adolescentes y personas adultas mayores.

 

La CNDH continuará con la investigación del caso para, en su momento, resolver sobre los hechos violatorios de derechos humanos, y permanecerá atenta al cumplimiento que el INM y la COMAR den a la implementación de las medidas cautelares solicitadas, además de vigilar que se respeten los derechos fundamentales de las personas en contexto de migración de los recintos migratorios del INM.

 

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