21 de noviembre de 2024

La CNDH da seguimiento al reporte de cinco casos de internos y un custodio, confirmados con COVID-19

Cuatro de estas personas privadas de la libertad del Penal de Cuautitlán, Estado de México, serán trasladadas al penal de Neza Norte

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), da seguimiento y permanece en alerta, al conocer de cinco casos confirmados con COVID 19 en el Sistema Penitenciario Nacional, cuatro de ellos de personas internas y uno más un custodio.

 

Se trata de cuatro personas privadas de la libertad de Cuautitlán, Estado de México, quienes serán trasladadas al penal de Neza Norte, que fue habilitado especialmente para casos de COVID 19; un interno más es de Yucatán y está aislado; mientras que el custodio confirmado fue remitido a su domicilio con medidas de cuidado.

 

En el reporte al domingo 12 de abril, la CNDH conoció que en las cárceles del país se tienen 22 sospechosos, que aún no se confirman, ni descartan, en espera de los resultados de laboratorio. Asimismo, que hasta el momento el Sistema Penitenciario Nacional no reporta ningún incidente violento por las medidas adoptadas de control sanitario al interior de los centros.

 

Este Organismo Nacional, confirmó que se tomaron todas las medidas sanitarias, se mantiene dando seguimiento a la situación y reitera su solicitud de medidas cautelares emitida hace un mes, a fin de que las autoridades generen en tiempo y forma condiciones preventivas óptimas, adecuadas y suficientes para la protección de la salud de las personas privadas de su libertad, visitantes, y personal de trabajo de los centros penitenciarios.

 

El 14 de marzo anterior, la CNDH emitió las medidas cautelares que entre otras cosas se sugiere implementar mecanismos encaminados a la protección de la salud y vida de la población privada de la libertad, las visitas en general, los proveedores de servicios y personal penitenciario, efectuando, medidas preventivas como:

 

Elaborar un plan a fin de mantener informada a la población penitenciaria, visitantes y personal penitenciario sobre las acciones que han de adoptarse de acuerdo a la evolución del padecimiento; informar a la población penitenciaria, visitantes y personal que ahí labora sobre las medidas preventivas que deberán adoptarse para evitar el contagio.

 

También, establecer un programa de seguimiento sobre las últimas novedades en relación con el COVID-19, y seguir los consejos que emitan las autoridades prestadoras de los servicios de salud del ámbito local y federal sobre las medidas de protección; sensibilizar a los visitantes y personal penitenciario sobre las zonas de mayor peligro; en la medida de lo posible evitar desplazarse a estas zonas a fin de evitar el contagio.

 

Dotar en la medida de lo posible de productos necesarios, entre los que encuentren agua y jabón, a fin de atender, además, de la población penitenciaria, visitantes y empleados, a aquellos grupos que por situaciones especiales de edad (niños o adultos mayores) o de salud (con enfermedades crónico degenerativas) tengan un mayor grado de riesgo para el contagio de este tipo de virus.

 

En caso de que se detecte algún cuadro sospechoso en algún centro de reclusión, se deberá informar de manera inmediata al personal médico con el fin de que realice un diagnóstico específico, y en caso de un probable caso de COVID-19 notificar a la Autoridad de Salud correspondiente, a fin de confirmar o descartar el mismo y en su caso, determinar las medidas correspondientes.

Deja una respuesta