Amplía SFP plazo para presentar declaración patrimonial y de intereses en Tabasco
Los servidores públicos tendrán hasta el 31 de julio para cumplir con esta obligación establecida en la Ley General de Responsabilidades Administrativas
Con motivo de la contingencia sanitaria propiciada por el COVID-19, la Secretaría de la Función Pública (SFP), amplió el plazo para que los sujetos obligados en Tabasco presenten su declaración de situación patrimonial y de intereses correspondiente al año 2020, de modo que ahora tendrán hasta el 31 de julio para cumplir esta obligación legal.
De conformidad con el Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado, se establece que en la actualidad, tras la alerta decretada por la irrupción de la pandemia a nivel mundial, nacional y estatal, existe una causa justificada para no presentar las declaraciones a las que están obligadas los servidores públicos en el periodo establecido normativamente del 01 al 31 de mayo.
En razón de estas circunstancias, precisa, no sería procedente iniciar una investigación ni requerir su cumplimiento en tanto permanezca la actual emergencia sanitaria.
La ampliación del plazo para cumplir lo establecido en los artículos 33 y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas tiene fundamento en el Decreto mediante el cual se instruyen las acciones para prevenir, detener, contener, controlar, retrasar y reducir la propagación del COVID-19 en el Estado de Tabasco, expedido con fecha 20 de marzo.
Asimismo, tiene base normativa en el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-COV2, publicado el 30 de marzo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Acuerdo expedido el 31 de marzo por el que se ordena como acción extraordinaria la suspensión inmediata de actividades no esenciales.
La SPF argumentó que con el fin de atender las indicaciones de sana distancia y las determinaciones de la Fase 3, emitidas por el Consejo General de Salud, ha tomado a bien establecer como causa justificada la ampliación del plazo para que la presentación de las declaraciones patrimoniales y de intereses, se pueda realizar en un marco de seguridad física y jurídica de los servidores públicos.
Explicó que en virtud de las medidas de restricción de movilidad y contacto físico decretadas para evitar la propagación de la enfermedad, no se realizaron previamente al mes de mayo las acciones preventivas de difusión, capacitación y asesoramiento para el oportuno cumplimiento de esta obligación.
En el acuerdo suscrito por el secretario de la Función Pública estatal, Jaime Antonio Farías Mora, se enfatiza que con el fin de coadyuvar a la prevención y el combate de la pandemia, se tomó la determinación de ampliar el plazo legal para que todos los sujetos obligados cumplan su obligación de presentar su declaración patrimonial y de intereses, en la modalidad de modificación.
La medida también señala que tampoco se podrán presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en la modalidad de inicio y conclusión a partir de la emisión del presente acuerdo, por lo que su cómputo se reanudará a partir del 01 de junio próximo.
La Secretaría de la Función Pública puntualizó que si bien los tiempos se amplían, la plataforma para la presentación de las Declaraciones Patrimoniales permanecerá disponible para la presentación de declaraciones patrimoniales iniciales, de modificación y finales, para que los servidores que estén en oportunidad la puedan presentar.
Concluyó que el presente acuerdo quedará supeditado a las determinaciones que la autoridad sanitaria establezca para mitigar y controlar los riesgos para la salud que implica la enfermedad generada por el coronavirus.