IMSS ofrece a patrones el Convenio de Pago en Parcialidades Simplificado
El Convenio de Pago en Parcialidades Simplificado evita el cobro de multas y ayuda a que los patrones regularicen sus adeudos ante el IMSS.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cuenta con distintas alternativas de apoyo para promover el cumplimiento de las obligaciones con el Instituto. En particular, para ayudar a los patrones a los que se les han generado créditos fiscales por que no han cubierto en tiempo el pago de sus cuotas, el Instituto simplificó la suscripción del Convenio de Pago en Parcialidades, informó la directora de Incorporación y Recaudación del IMSS, Norma Gabriela López Castañeda.
Si bien los Convenios de Pago en Parcialidades no son un instrumento nuevo, y ya existían en las disposiciones normativas, los patrones tenían que realizar distintos trámites presenciales para suscribirlos; lo que se hizo fue simplificarlos y permitir que éstos se realicen de manera totalmente digital.
Un primer paso que hizo el IMSS para promover este mecanismo de regularización fue poner a disposición de los patrones que ya cuentan con adeudos de cuotas obrero patronales, el número telefónico 800 623 2323, opción 4, así como el correo electrónico convenio.orienta@imss.gob.mx, en los que se ofrece asesoría para optar por esta facilidad.
Ventajas del Convenio de Pago en Parcialidades Simplificado
Norma Gabriela López Castañeda explicó que entre las ventajas que tienen estos convenios es que una vez suscritos, el monto del adeudo queda congelado y los patrones sólo tienen que cubrir los montos de las parcialidades convenidas a la tasa correspondiente de recargos que establece la Ley de Ingresos.
Otra ventaja es que, al entenderse que el patrón se está regularizando, se suspende el ejercicio de facultades de la autoridad para hacer efectivos los créditos fiscales adeudados.
Asimismo, no se genera un cobro de multas, ya que se entiende que el patrón se está regularizando de manera espontánea, sin que medie requerimiento del IMSS, particularmente en esta etapa de emergencia sanitaria, y tampoco se requiere la presentación de una garantía de interés fiscal.
Requisitos para acceder al Convenio de Pago en Parcialidades Simplificado
Precisó que para efecto de la formalización del convenio, el patrón debe enviar al correo electrónico señalado:
- Tarjeta de identificación patronal
- Identificación oficial vigente
- Acta constitutiva de la persona moral (hojas donde se señala su razón social y el folio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio)
- Poder notarial del representante legal (hoja donde se señala la facultad conferida para realizar trámites ante entidades públicas o actos de administración)
- Un escrito libre solicitando la autorización del pago a plazos y los plazos para hacerlo.
Una vez verificada la información, el patrón recibe por la misma vía del correo electrónico la propuesta del Convenio de Pago en Parcialidades y una ficha de pago para que se efectúe el pago correspondiente.
Norma Gabriela López Castañeda precisó que, para efectos de formalizar este Convenio, el patrón debe pagar de inicio el 100 por ciento de la cuota obrera –esta parte no es posible diferirla- y el 20 por ciento de la cuota patronal; el restante 80% de la cuota patronal es la que se puede diferir para efecto de su pago hasta en un plazo de 12 meses.
Asimismo, señaló que la parte de RCV, que es el Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, en virtud de que corresponde a la cuenta individual del trabajador, tampoco se puede diferir.
Se comentó también que, en caso de incumplir cualquiera de los pagos convenidos, inmediatamente se solicitará la garantía para no exponer los ingresos del Seguro Social y, en caso de que se incumpla en el pago de dos parcialidades, el Instituto reiniciará el ejercicio de sus facultades de cobro.
La directora de Incorporación y Recaudación reiteró que este mecanismo no es nuevo, está previsto en la Ley del Seguro Social desde 1997, lo nuevo fue hacerlo simple.
Asimismo, se informó que se ha identificado un universo de personas que no han hecho el pago completo de las cuotas obrero patronales, a las cuales se les han mandado correos electrónicos para darles a conocer esta opción de regularización de pago que prevé la Ley del Seguro Social, para promover su regularización.