22 de diciembre de 2024

Dirige CNDH recomendación al gobernador constitucional del estado de Chihuahua, por el incumplimiento de la recomendación emitida por el Ombudsperson local

Como resultado de un Recurso de Impugnación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió Recomendación 18/2020 al Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, por el incumplimiento de la Recomendación 3/2019, emitida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de esa entidad federativa, por parte de la Directora General del Desarrollo Integral de la Familia, también de la misma localidad.

 

El 22 de febrero de 2018, las recurrentes presentaron queja ante la Comisión Estatal, por actos de discriminación cometidos en su perjuicio, de su hija y de su familia, por parte de personal adscrito al Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chihuahua.

 

La Comisión Estatal emitió el 5 de febrero de 2019 la Recomendación número 3/2019, dirigida a la Directora General del Desarrollo Integral de la Familia en el Estado de Chihuahua, en la que se determinó que se vulneraron los derechos humanos de R1, específicamente el derecho a la legalidad.

 

El 1 de marzo de 2019, la Comisión Estatal emitió pronunciamiento de incumplimiento de la Recomendación 3/2019 por parte de la autoridad. Por ello, las afectadas presentaron recurso de impugnación contra la Recomendación 3/2019, emitida el 5 de febrero de 2019 por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua, dentro del expediente 097/2018, así como contra la Directora General del DIF Estatal de Chihuahua, por incumplimiento a la citada Recomendación 3/2019.

 

Tras su investigación y análisis de las evidencias, este Organismo Nacional acreditó que, con sus acciones y omisiones, la autoridad provocó violaciones a los derechos humanos a la legalidad, a la igualdad y no discriminación, a la familia, a la identidad, al nombre y al interés superior de la niñez de las agraviadas por la Directora General del Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chihuahua.

 

Por tanto, la CNDH recomendó al Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, la reparación del daño en términos de la Ley General de Víctimas, de los estándares internacionales y de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua. Asimismo, que se inscriban al Registro Estatal de Víctimas para que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, y se les otorgue una compensación y/o indemnización integral, apropiada y proporcional al daño sufrido.

 

Se pidió a la autoridad colabore ampliamente con la queja que la CNDH presentará en la Secretaría de la Función Pública del Estado de Chihuahua, así como que se anexe copia de la Recomendación en el expediente laboral de la Directora General del Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chihuahua y demás personas servidoras públicas involucradas.

 

De igual forma, se recomendó diseñar un programa integral de formación y capacitación en derechos humanos, el cual se deberá impartir al personal del DIF Chihuahua, particularmente en el tema de interés superior de la niñez, libertad sexual e igualdad y no discriminación, y atención al público.

 

Se diseñe un manual, protocolo o programa integral en el que se indique el procedimiento que deberá seguir el personal adscrito al DIF Chihuahua, durante la tramitación de los expedientes administrativos para la emisión de los certificados de idoneidad de las personas adoptantes.

 

Así como también que elabore y difunda una circular en la que se prevean las acciones para la no repetición de los actos y omisiones que se advirtieron en el presente caso.

 

A la autoridad se le solicitó designar a una persona servidora pública de alto nivel como enlace con la CNDH para dar seguimiento al cumplimiento de la Recomendación.

 

Esta Recomendación ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx

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