Función Pública emite nuevos criterios para regreso laboral de burócratas
Del 3 de agosto al 30 de septiembre, las dependencias de gobierno federal deberán aplicar nuevos criterios para el manejo de sus trabajadores, con la finalidad de prevenir contagios de COVID-19
La secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, emitió dos acuerdos en el Diario Oficial de la Federación (DOF), uno de ellos para posibilitar distintos modos de trabajo a fin de prevenir la transmisión de COVID 19 en el personal de toda la Administración Pública Federal.
El otro acuerdo publicado por la secretaria Sandoval Ballesteros (http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5597619&fecha=31/07/2020) reanuda, a partir del 3 de agosto de 2020, los plazos y términos de las investigaciones, trámites, procedimientos y actividades de la Función Pública que habían sido suspendidos en marzo pasado por la pandemia.
En el primer Acuerdo (http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5597618&fecha=31/07/2020), la secretaria Sandoval Ballesteros dio a conocer los criterios para el manejo de los recursos humanos que, ante la prolongación de la contingencia sanitaria por el coronavirus COVID 19, se aplicarán en el Gobierno federal entre el 3 de agosto y el 30 de septiembre de 2020.
Basado en la adopción de las medidas necesarias para preservar la salud de la sociedad, y a fin de restablecer el servicio público en beneficio de la ciudadanía, el acuerdo establece que la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y los titulares de las unidades de Administración y Finanzas de cada dependencia podrán autorizar o facilitar que los servidores públicos sigan realizando trabajo desde casa, siempre cumpliendo con sus funciones.
Para los servidores públicos mayores de 60 años, con discapacidad, con enfermedades crónicas consideradas de riesgo por las autoridades de Salud y mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, será obligatorio seguir realizando trabajo a distancia.
Las entidades del Gobierno federal podrán organizar días de trabajo alternados y horarios escalonados, haciendo uso de las tecnologías de la información y comunicación para la realización de reuniones de trabajo y capacitación, procurando en todo momento las medidas sanitarias recomendadas por la Secretaría de Salud.
Asimismo, deberán asegurar la disponibilidad permanente en el horario laboral de los servicios preventivos de salud, filtros de supervisión y los insumos necesarios acorde con los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral y el Lineamiento general para espacios públicos cerrados en COVID 19.
En la publicación, la secretaria Sandoval Ballesteros recalca que para el intercambio de información oficial deberán seguirse utilizando los lineamientos emitidos el 17 de abril pasado, que contemplan el uso del correo electrónico institucional.
El acuerdo exceptúa al personal de las secretarías de Salud, de la Defensa Nacional, de Marina y de Seguridad y Protección Ciudadana, además de la Guardia Nacional; el Servicio Exterior Mexicano, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, los institutos nacionales de Salud y Alta Especialidad y demás instituciones que prestan o están relacionadas con los servicios de salud y protección civil.
Los Órganos Internos de Control de la Secretaría de la Función Pública en las entidades gubernamentales serán los encargados de vigilar el cumplimiento de estas disposiciones.