21 de diciembre de 2024

CNDH emite recomendación a diversas autoridades del estado de Chiapas por violación a los derechos humanos de tres mujeres indígenas

En este caso, la CNDH también determinó violaciones a los derechos fundamentales de dos personas defensoras de derechos humanos

Derivada de un Recurso de Impugnación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 40/2020 a la Fiscalía General, Secretaría General de Gobierno, Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado de Chiapas; así como al Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal de las Casas y a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.

 

El 8 de febrero de 2019, dos personas defensoras de derechos humanos presentaron un escrito de queja ante la Comisión de Derechos Humanos local en el que denunciaron la impunidad prevaleciente en el feminicidio de una niña y la criminalización, detención arbitraria y tortura, cometidas en agravio de tres mujeres indígenas, entre ellas una adolescente, por parte servidores públicos de la Fiscalía General del Estado.

 

La Comisión Estatal acreditó que las mujeres indígenas fueron privadas ilegalmente de su libertad y trasladadas a una casa de seguridad de la Fiscalía General, además de que durante el trayecto sufrieron tortura física, sexual y psicológica para autoinculparse del feminicidio de su familiar.

 

También constató que la Fiscalía ejerció violencia institucional y de género por las omisiones detectadas en la investigación de los delitos de feminicidio, secuestro y tortura; así como la intimidación y amenazas cometidas en contra de las mujeres indígenas, sus familiares, abogadas y defensoras de derechos humanos.

 

Al considerar que dicha Recomendación no reparaba adecuadamente las violaciones a derechos humanos denunciadas, las víctimas interpusieron un Recurso de Impugnación ante la CNDH.

 

Luego de analizar el caso, este Organismo Nacional determinó violaciones a los derechos a la libertad personal, vida privada, privacidad domiciliaria, seguridad e integridad personal, psíquica y moral; a la dignidad, prohibición de la tortura, trato digno, libertad de circulación y residencia; así como al derecho de las personas a no ser desplazadas forzadamente, a la seguridad jurídica, acceso a la justicia y a la verdad, en agravio de las tres mujeres indígenas y sus familiares, así como de las defensoras de derechos humanos.

 

Por lo anterior, esta CNDH determinó la insuficiencia de la Recomendación emitida por la Comisión Estatal y, a fin de garantizar la reparación integral del daño, solicita a las autoridades señaladas realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad institucional, a través de una disculpa pública dirigida a las agraviadas e inscribirlas en el Registro Estatal de Víctimas y otorgarles atención médica, psicológica y tanatológica, además de asistencia jurídica.

 

También se solicitó investigar los delitos de secuestro, detención y retención ilegal, tortura física, psicológica y sexual; diseñar e implementar un programa de atención para las personas desplazadas y coadyuvar con el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

 

La Recomendación 40/2020, que ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx.

 

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