Emite SEP criterios de evaluación en Educación Básica ante emergencia sanitaria
Para realizar una evaluación oportuna deberá valorarse el esfuerzo de quienes participan activamente en la comunidad escolar
Foto: 24 horas
Con el objetivo de aplicar una evaluación, a las alumnas y alumnos de Educación Básica, con equidad, la Secretaría de Educación Pública (SEP) emitió las Orientaciones pedagógicas y criterios para la evaluación del aprendizaje para la educación preescolar, primaria y secundaria en el periodo de contingencia sanitaria generada por el virus SARS-coV2 (COVID-19) para el ciclo escolar 2020-2021.
Lo anterior, porque no se regresará a clases presenciales en las escuelas, hasta que haya semáforo epidemiológico verde en las entidades donde se encuentren, ya que anteriormente se suspendieron las labores para evitar riesgo a la salud de alumnos, docentes, madres y padres de familia.
Con base en las evidencias de las y los maestros, el proceso de enseñanza-aprendizaje varía, en gran parte, por el entorno familiar de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes; los niveles de accesibilidad a dispositivos electrónicos y conectividad; la disposición de espacios adecuados para el aprendizaje y el acompañamiento de madres, padres de familia y tutores.
Por ello, se determinaron tres niveles de comunicación y participación de las y los alumnos:
- Comunicación y participación sostenida. Cuando existe una comunicación continua entre el titular del grupo o asignatura y sus alumnos.
- Comunicación y participación intermitente. Cuando la comunicación entre alumnos y docentes es esporádica o parcial.
- Comunicación inexistente. Cuando no hay posibilidad de dar seguimiento al proceso educativo de los educandos.
Para realizar una evaluación oportuna y eficiente del logro educativo de los estudiantes, así como de sus avances en los aprendizajes esperados, deberá valorarse el esfuerzo de quienes participan activamente en la comunidad escolar, e incentivar a quienes, por cualquier razón, no han establecido algún canal de comunicación con el personal docente y directivo.
La SEP plantea, para todos los niveles y modelos de aprendizaje, las consideraciones siguientes:
- Dar prioridad a la función formativa de la evaluación.
- Emplear estrategias complementarias para el aprendizaje.
- Valorar los avances a partir del contexto particular de las y los estudiantes.
- Considerar las condiciones específicas en las que la emergencia sanitaria afecta a cada alumna y alumno.
- Asignar calificaciones sólo en los casos donde el personal docente tenga certeza de las condiciones de salud, accesibilidad y acompañamiento de sus estudiantes.
- Utilizar la evaluación como un instrumento para mejorar el aprendizaje.
Los criterios establecidos por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR) y por la Dirección General de Desarrollo Curricular (DGDC), indican que la evaluación estará a cargo del docente de grupo en Prescolar, Primaria y Telesecundaria, y del docente de asignatura en Secundaria. En caso de ausencia, la directora o director, supervisora o supervisor, podrán asumir dicha atribución.
Los alumnos que mantengan una comunicación y participación sostenidas serán evaluados con base en las disposiciones del Artículo 10 del Acuerdo 11/03/19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 29 de marzo de 2019.
Para las y los alumnos con los que se mantiene una comunicación y participación intermitentes, deberá anotarse en la boleta de evaluación la leyenda “información insuficiente”.
En educación Preescolar deberá anotarse en el apartado Observaciones y sugerencias sobre los avances de aprendizaje; y en educación Primaria y Secundaria, en el espacio de Observaciones o recomendaciones generales del docente.
El documento también establece para las alumnas y alumnos con comunicación prácticamente inexistente, que se deberá registrar en la boleta de evaluación la leyenda “Sin información”, para Preescolar, en el apartado Observaciones y sugerencias sobre los avances de aprendizaje, mientras que, para Primaria y Secundaria, en el de Observaciones o recomendaciones generales del docente.
Así, las calificaciones o valoraciones registradas para este y, en su caso, para el periodo subsecuente, serán preliminares, ya que las calificaciones definitivas se registrarán al final del Ciclo Escolar 2020-2021, de acuerdo con lo que establezca la norma correspondiente.
En el caso de las alumnas y alumnos en traslado que soliciten presentar la valoración del primer periodo en la nueva escuela, podrán hacerlo con el apoyo del docente que se encuentre a cargo del grupo receptor.
La comunicación de los resultados de la evaluación y, entrega de boletas de evaluación a madres y padres de familia o tutores, se realizará en los periodos señalados en el calendario; las boletas de evaluación podrán ser puestas a su disposición por medios electrónicos o los medios disponibles pertinentes, respetando las medidas sanitarias emitidas por la autoridad competente.
Por lo que la comunicación del resultado de la evaluación, también podrá realizarse a distancia, utilizando las tecnologías de la información o los medios disponibles a su alcance.
Asimismo, las familias que requieran orientaciones específicas, para favorecer el aprovechamiento de sus hijas e hijos o pupilos en el hogar, podrán acordar con los docentes de grupo, los medios y horarios para tal fin.
De la misma forma, en las localidades que no sea posible la entrega de boletas a través de medios electrónicos, se podrá acordar con las autoridades escolares del plantel la entrega física en la escuela, cuando esto sea posible, siguiendo las medidas de higiene, limpieza y sana distancia.