21 de diciembre de 2024

STPS modifica el procedimiento de Inconformidad en la Legitimación de Contratos Colectivos

Se trata de un mecanismo de defensa para que las y los trabajadores reporten irregularidades en el procedimiento

Trabajadores

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Reforma al Protocolo para la Legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo la cual busca incorporar un mecanismo de defensa para que las y los trabajadores reporten irregularidades.

 

En el documento se especifica que los trabajadores cubiertos por un contrato colectivo de trabajo sujeto a legitimación podrán inconformarse por la existencia de irregularidades durante el procedimiento que vulneren los principios de seguridad, transparencia, confiabilidad y certeza en la votación.

 

De acuerdo a la publicación, algunas de las acciones consideradas como irregularidades en la legitimación de contratos colectivos son, entre otras:

 

  • La convocatoria no fue publicada con anticipación a la fecha de la consulta
  • Los trabajadores no recibieron un ejemplar impreso del contrato colectivo
  • Los representantes sindicales y/o empleadores difundieron información falsa con el objeto de influir en la votación
  • Se excluyeron a trabajadores del listado de votantes cuando tenían derecho a votar en la consulta
  • Personas ajenas al sindicato estuvieron presentes en el lugar de la votación
  • No se observó la presencia de la autoridad laboral o de un notario público en la consulta
  • Boletas en blanco o boletas alteradas o sobrantes fueron consideradas como votos válidos
  • No se resguardó la documentación del procedimiento de consulta

 

Asimismo, detalla que las inconformidades podrán ser presentadas individual o colectivamente, acompañadas de la mayor cantidad de pruebas.

 

La STPS solicitará al sindicato y al patrón las manifestaciones y pruebas que consideren pertinentes.

 

La inconformidad será un elemento de valoración para determinar si se emite la constancia de legitimación o se declara nulo el procedimiento.

Consulta aquí el ACUERDO por el que se modifican y adicionan diversas disposiciones del Protocolo para la Legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo existentes: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5610863&fecha=04/02/2021  

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