Suspende Salud Coahuila consultorios que realizaban pruebas no autorizadas de Covid
Saltillo, Coahuila de Zaragoza; a 5 de Febrero del 2021.- Como parte de las acciones del Plan Estatal de Prevención y Control del Covid-19 en el Estado de Coahuila, la Secretaría de Salud realizó la suspensión de cuatro consultorios con motivo de realizar pruebas de Covid no avaladas por la instancia sanitaria.
Sergio de la Parra de Juambelz, subsecretario de Regulación y Fomento Sanitario, informó lo anterior al tiempo de especificar que dicha pruebas de detección son de antígenos y carecen de la autorización correspondiente.
Declaró que estas pruebas detectan ciertas proteínas del virus y se emplea un hisopo para tomar la muestra del fluido de la nariz, dando un resultado en minutos: «Es lo que conocemos coloquialmente como pruebas rápidas».
“Tenemos la indicación del gobernador Miguel Ángel Riquelme Solís de mantener de manera continua estas revisiones”.
Mencionó que semanalmente un equipo de verificadores de la Subsecretaría realiza inspecciones en las 8 Jurisdicciones Sanitarias de la entidad para verificar que los prestadores de servicios médicos cumplan con la norma.
«Ante la emergencia sanitaria, vigilamos que las pruebas sean las avaladas por la instancia federal, y de no ser así se suspenden operaciones», puntualizó.
Exhortó a la población a denunciar a los establecimientos que no cumplan con las medidas necesarias para evitar el contagio de coronavirus.
«Pueden enviarnos sus quejas a través de las Jurisdicciones Sanitarias o bien a través de las redes sociales de la Secretaría de Salud en Coahuila», dijo.
Advirtió que para el uso de pruebas para la detección de antígeno SARS-CoV-2 en consultorios, centros de salud, hospitales y laboratorios, de debe presentar lo siguiente:
1.- Informar a la Subsecretaría de Regulación y Fomento Sanitario mediante escrito libre con 10 días de anticipación al inicio de sus actividades.
2.- Contar con Aviso de Funcionamiento propio a las actividades que realiza, además de Aviso de Funcionamiento para TOMA DE MUESTRA expedido por la autoridad sanitaria.
3.- Utilizar las pruebas para la detección de antígeno autorizadas por el INDRE.
4.- REALIZAR LA TOMA DE MUESTRAS DE ESTAS PRUEBAS DENTRO DE LOS PRIMEROS SIETE DÍAS DE INICIADOS LOS SÍNTOMAS, debido a que su función sólo es en este periodo.
5.- Utilizar equipo de protección adecuado para la toma de antígeno SARS-CoV-2.
6.- Las pruebas deberán realizarse por personal que haya recibido capacitación en materia de Bioseguridad para la toma y procesamiento de la muestra.
7.- Sanitizar el área posterior a cada toma de muestra y llevar bitácoras de lo anterior.
8.- Deberán contar con los expedientes clínicos de los pacientes.
9.- Realizar la notificación diaria de casos positivos y negativos al área de Epidemiologia Estatal, Jurisdiccional, Laboratorio Estatal de Salud Pública y Regulación Sanitaria.
10.- Deberán requisitar los formatos que el Área de Epidemiología solicite.
11.- Una prueba de antígeno positiva es confirmatoria de diagnóstico de Covid (no se requiere confirmación de PCR). Se deben tomar todas las medidas epidemiológicas correspondientes.