22 de diciembre de 2024

CNDH dirige recomendación al IMSS por inadecuada atención médica brindada a una mujer, paciente de cáncer de mama, en Tijuana, Baja California

La paciente fue sometida a una mastectomía del seno izquierdo por personal médico no calificado para tal procedimiento

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 55/2021 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por la inadecuada atención médica que recibió una persona en el Hospital de Gineco-Obstetricia con Medicina Familiar No. 7 (HGOMF-7) en Tijuana, Baja California.

 

El 20 de noviembre de 2019, la CNDH recibió un escrito de queja por parte de la víctima, quien aseguró que, el 5 de abril de ese año, acudió a la Clínica de Cáncer de Mama del referido nosocomio por presentar un tumor. El 16 de abril fue sometida a una mastectomía en la que le extrajeron el seno izquierdo y removieron 11 ganglios linfáticos de su brazo. Sin embargo, el personal médico que la atendió no le dio el seguimiento adecuado postoperatorio, por lo que la herida de la cirugía presentó diversas complicaciones, entre ellas necrosis y disminución de la movilidad del hombro izquierdo.

 

Este Organismo Nacional contó con elementos que permitieron evidenciar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y al acceso a la información en agravio de la víctima, atribuibles a personal médico del HGOMF-7 del iMSS. Se advirtió que la atención que otorgó el personal médico fue inadecuada, incurriendo en impericia, ya que el médico a cargo de la cirugía no contaba con el perfil idóneo para la intervención a la que sometió a la paciente.  También fue negligente al omitir enviar a la paciente al servicio de Cirugía Plástica y Reconstructiva al momento de identificar la falla en el cierre de la herida que presentaba con más de 8 semanas de evolución, retrasando el inicio del referido tratamiento con radioterapia que requería y evitar así las complicaciones de disminución de la movilidad del hombro izquierdo que presentó posteriormente.

 

Por lo anterior, la  CNDH solicitó al director general del IMSS que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y en términos de la Ley General de Víctimas, se brinde la reparación integral por los daños causados a la víctima, que incluya la compensación justa y suficiente con motivo de la mala práctica médica sufrida en el HGOMF-7 en la ciudad de  Tijuana, Baja California y se le inscriba en el Registro Nacional de Víctimas; se le otorgue la atención médica y psicológica que requiera, la cual deberá brindarse por personal profesional especializado y de forma continua, atendiendo a su edad y necesidades específicas, así como proveerle de los medicamentos convenientes a su situación.

 

Asimismo, que los servicios institucionales del IMSS, efectúen a la víctima una valoración física y psicológica que sirva para detectar, con oportunidad, las secuelas que pudiera actualmente presentar para brindarle una rehabilitación acorde a los resultados obtenidos; se colabore con la autoridad investigadora en el trámite y seguimiento de la queja que esta Comisión Nacional presente en contra de la autoridad responsable ante el Órgano Interno de Control en el IMSS, así como, en la carpeta de investigación tramitada en la Fiscalía General de la República.

 

Finalmente, se diseñe e imparta un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, que considere los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho de protección a la salud, así como la debida observancia y contenido de la Norma Oficial Mexicana citada en la Recomendación, a todo el personal médico del HGOMF-7, y se emita una circular dirigida al personal de las unidades médicas del IMSS en Baja California que contenga  las medidas adecuadas de prevención y supervisión, para garantizar que se agoten las instancias pertinentes con la finalidad de satisfacer los tratamientos médicos, conforme a lo dispuesto en la legislación nacional e internacional.

 

La Recomendación 55/2021 ya fue notificada a su destinatario y puede consultarse en la página cndh.org.mx.

¡Defendemos al pueblo!

Deja una respuesta