18 de diciembre de 2024

La Secretaría de la Función Pública emite nuevo Código de Ética con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género

Redefine sus objetivos y alcance para promover un comportamiento ético de las personas servidoras públicas dentro y fuera del espacio de trabajo, y reconfigura los principios y valores que deben observar.

La Secretaría de la Función Pública (SFP) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5642176&fecha=08/02/2022) el nuevo Código de Ética de la Administración Pública Federal, que deben cumplir todas las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en las dependencias y entidades gubernamentales, en cualquiera de sus niveles jerárquicos, incluyendo al personal de base y sindicalizado.

 

Por primera vez, el código establece el respeto a los derechos humanos como principio y eje fundamental del servicio público, incorpora el concepto de igualdad de género en lugar del de equidad, redefine sus objetivos y alcance para promover un comportamiento ético de las personas servidoras públicas dentro y fuera del espacio de trabajo, y regula nuevas temáticas, como el acoso laboral, la agenda de cuidados y el uso de redes sociales.

 

El nuevo ordenamiento está alineado con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reconoce los ocho principios que establece para el servicio público: cinco que se enlistan en el artículo 109 constitucional; además del de respeto a los derechos humanos (artículo 1); transparencia (artículo 6) y eficacia (artículo 134). Adicionalmente, y en línea con el respeto a los derechos humanos, el código define el concepto de dignidad, incorpora los conceptos de justicia e igualdad en lugar de equidad de género, y regula la violencia laboral.

 

En congruencia con las mejores prácticas internacionales y con las prioridades del Gobierno Federal de recuperar la confianza ciudadana mediante un servicio público orientado a trabajar por y en beneficio de la sociedad en su conjunto, la norma también incrementa su alcance para obligar a las personas servidoras públicas a tener un comportamiento ético tanto dentro como fuera de sus centros de trabajo; en ese sentido, el valor de liderazgo establece que “las personas servidoras públicas deben ser una figura ejemplar frente a la sociedad y a sus equipos de trabajo”, para lo que deberán evitar un “comportamiento opuesto a las disposiciones que regulan la ética pública y que pueda dañar la imagen del servicio público”.

 

También incorpora las reglas de integridad que deben prevalecer en las actividades cotidianas de las personas servidoras públicas: trámites y servicios; recursos humanos; información pública; contrataciones públicas; programas gubernamentales; licencias, permisos, autorización y concesiones; administración de bienes muebles e inmuebles; control interno; procesos de evaluación, y procedimientos administrativos.

 

Asimismo, establece los compromisos que deben asumir las personas servidoras públicas para la implementación de los principios, valores y reglas de integridad, como contribuir a la buena imagen institucional; considerar que las redes sociales pueden constituir una extensión de las personas en medios electrónicos, por lo que deben mantener un comportamiento acorde con la ética pública; emplear lenguaje incluyente y no sexista en las comunicaciones institucionales; rechazar todo tipo de regalos, obsequios y compensaciones con motivo del ejercicio de su función, entre las principales.

 

Además de establecer las responsabilidades de las personas servidoras públicas, el nuevo Código de Ética para la Administración Pública Federal define claramente las obligaciones de las instituciones públicas para fomentar su cumplimiento, investigar su inobservancia y, en su caso, promover las sanciones correspondientes. Para ello, establece que los entes públicos tienen la obligación de integrar comités de ética y emitir sus códigos de conducta.

 

Señala de manera precisa las acciones que deberán realizar dichos comités de ética y prevención de conflictos de intereses, los Órganos Internos de Control, así como las unidades centrales de la Secretaría de la Función Pública, a fin de lograr su implementación efectiva.

 

Y como parte de las obligaciones de las instituciones, el nuevo código hace explícita la necesidad de fomentar un “equilibrio entre la vida laboral y personal, comprendiendo entre ello la convivencia familiar”. De este modo, la Administración Pública Federal se suma al reconocimiento de la agenda de cuidados y a la construcción de un gobierno más igualitario para hombres y mujeres.

 

Aunque el nuevo ordenamiento reestructura los principios y valores del servicio público para recuperar el mandato de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, simplifica sus definiciones y evita duplicidades y repeticiones.

 

 

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