18 de diciembre de 2024

CNDH se congratula por la decisión de la SCJN de liberar a tres personas indígenas de Nahuatzen, Michoacán

Los integrantes Concejo Ciudadano Indígena de Nahuatzen, Michoacán, fueron injustamente encarcelados por defender la autonomía de su comunidad

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se congratula por la resolución adoptada este miércoles 09 de febrero por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mediante la cual se decretó la libertad inmediata de tres personas integrantes del Concejo Ciudadano Indígena de Nahuatzen, Michoacán, quienes fueron injustamente encarceladas por defender la autonomía de su comunidad.  

 

Luego de analizar el amparo directo en revisión presentado ante el Máximo Tribunal del país, los ministros que integran la Primera Sala revocaron la sentencia dictada contra José Gerardo Talavera Pineda, José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza, quienes fueron detenidos, acusados de sabotaje y sentenciados a siete años de prisión por defender la autonomía de las comunidades indígenas de esa entidad, en noviembre de 2018. 

 

De acuerdo al proyecto presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, a dichas personas se les vulneró su derecho a una tutela judicial efectiva, sobre la debida acreditación del delito de sabotaje por el que se les sentenció, en perjuicio del principio de legalidad en materia penal y se determinó que “a toda persona sujeta a un proceso penal que se ha auto-declarado indígena, deben procurársele todos los derechos que le otorga el artículo 2º constitucional, pues esa pertenencia es la que le concede la identidad cultural que genera una diferencia valorativa en favor de los indígenas, por su especial vulnerabilidad”.  

 

Asimismo, esta Comisión celebra la decisión adoptada de forma unánime por la Primera Sala para que se indaguen los actos de tortura cometidos en contra de los tres integrantes del Concejo Indígena, al considerar que todas las autoridades del Estado deben cumplir con las obligaciones impuestas de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, entre las que se encuentra cualquier práctica de tortura o acto que atente contra la integridad de las personas.  

 

Para la CNDH, la citada determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación constituye un valioso precedente en la defensa de los derechos humanos y la dignidad de quienes integran los pueblos indígenas y afromexicanos.  

 

¡Defendemos al pueblo!  

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