19 de noviembre de 2024

INE declara improcedente el retiro del promocional del PRI y PAN difundidos en Durango por uso indebido de la pauta y calumnia

La Comisión de Quejas y Denuncias consideró que el spot contiene frases amparadas en la libertad de expresión que gozan los partidos políticos y por ello forman parte del debate público

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la solicitud de medida cautelar del partido Morena en contra de los partidos políticos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN) por el presunto uso indebido de la pauta, derivado de la difusión de propaganda que considera calumniosa en el marco del proceso electoral de Durango, por lo que solicitó el retiro de los promocionales denominados DGO EV ESTANCIAS INFANTILES y CAM DGO GOB EVV V. DEFENDAMOS DURANGO, en sus versiones para televisión y radio.

 

En apariencia del buen derecho y del análisis de los promocionales, no fue posible advertir la imputación de hechos o delitos falsos con impacto en el proceso electoral, ya que las expresiones y contenidos visuales del spot corresponden, en principio, al punto de vista, crítica y señalamientos del PAN y PRI como  emisores del mensaje en torno a temas públicos y de interés general, como son la problemática relacionada con los efectos de la desaparición de subsidios a estancias infantiles y de las escuelas de tiempo completo.

 

Los promocionales contienen manifestaciones o expresiones que abordan diversas decisiones tomadas en materia de política pública en el país, a partir de expresiones como: Ellos, los de guinda nos quitaron las estancias infantiles, el apoyo que tenían las madres para poder ir a trabajar y les arrebataron a nuestros hijos las escuelas de tiempo completo, donde muchos de ellos recibían su única comida del día; expresiones que, -si bien pueden resultar chocantes o incómodas-, de las cuales no se desprende, en una visión preliminar, alguna frase que de forma unívoca implique una imputación específica de hecho o delito falso al quejoso de manera clara y sin ambigüedades.

 

El colegiado estimó que se trata de frases amparadas en la libertad de expresión que gozan los partidos políticos y forman parte del debate público, por lo que se está en presencia de propaganda política y, consecuentemente, válida para la etapa de campaña, porque el contenido y mensaje del material denunciado puede encuadrar dentro de las categorías permitidas.

 

De igual forma, la Comisión declaró improcedente la medida cautelar en cuanto a la supuesta coacción al voto por la supuesta entrega de dádivas que alega Morena, al considerar, en una óptica preliminar,que en el spot no se hace mención de entrega alguna por parte del PAN y PRI.

 

El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.

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