21 de diciembre de 2024

Ordena INE a Movimiento Ciudadano sustituir promocional en Nuevo León

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE conoció dos solicitudes de medidas cautelares, por posible calumnia y vulneración.

promocional

Foto tomada de https://www.sinembargo.mx/09-08-2024/4537183/

Jueves 08 de agosto del 2024.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) conoció dos solicitudes de medidas cautelares, por posible calumnia y vulneración a las reglas de propaganda electoral, en el marco de la calificación de la elección federal y el Proceso Electoral Local en Nuevo León 2023-2024, respectivamente.

 

Promocional de MC en Nuevo León, preliminarmente, constituye calumnia

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) denunció al partido Movimiento Ciudadano (MC) por la difusión de presunta propaganda calumniosa, derivado de la trasmisión del promocional de televisión denominado MC NUEVO LEÓN, cuyo contenido, según el quejoso, hace referencia a que el partido y el alcalde electo de Monterrey, Nuevo León, cometieron delitos electorales y lesiones durante el pasado Proceso Electoral Local 2023-2024, por lo que solicitó la suspensión inmediata del material.

 

La Comisión de Quejas determinó, por mayoría de votos, que es improcedente adoptar las medidas cautelares solicitadas, respecto a las frases que hacen alusión al presunto robo de la elección en Monterrey, pues las mismas no constituyen, en sede cautelar, la imputación de un delito en materia electoral, sino que se trata de una crítica al actuar del partido denunciado y, en su caso, de su candidato.

 

Sin embargo, por unanimidad de votos, resolvió que es procedente la adopción de la medida cautelar solicitada respecto a las frases contenidas en el promocional que hacen alusión al delito de lesiones en contra de diversas personas, ya que éstas podrían constituir la imputación de un hecho o delito falso. Es decir, del análisis preliminar e integral al contenido, se advierte de manera directa e inequívoca que se imputa al PRI el delito de lesiones, sin que se adviertan elementos mínimos de veracidad o base para realizar dichas aseveraciones.

 

Por lo anterior, se ordenó a MC sustituir el material denunciado y a las concesionarias de televisión omitir la transmisión del promocional.

 

Promocionales del PAN, preliminarmente, no contienen elementos de calumnia

MORENA denunció al Partido Acción Nacional (PAN), por la difusión del promocional denominado NO A LA SOBRE REPRESENTACIÓN PAN, en su versión de televisión y radio ya que, a decir del quejoso, se utilizan frases que lo calumnian, al imputarle delitos tales como rebelión, sabotaje y conspiración, además de que existe una supuesta vulneración a las reglas de propaganda electoral, por lo que solicitó la suspensión inmediata de los materiales.

 

Al respecto, la Comisión determinó que es improcedente adoptar la medida cautelar solicitada porque, de un análisis preliminar al contenido del spot, no se advirtió la imputación de hechos o delitos falsos, sino el punto de vista del emisor del mensaje respecto de la próxima integración de la Cámara de Diputadas y Diputados, mismo que está amparado en la libertad de expresión que gozan los partidos políticos y forman parte del debate público.

 

Por cuanto hace a la vulneración a las reglas de propaganda electoral, de igual forma se resolvió improcedente la adopción de medidas cautelares porque, bajo la apariencia del buen derecho, el contenido del spot corresponde a propaganda genérica cuya difusión puede realizarse en todo tiempo, incluida la etapa de calificación de la elección, por lo que se considera de naturaleza política y de índole genérica.

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