20 de septiembre de 2024

Declara INE pérdida de registro del PRD

El Consejo General del INE avaló el Dictamen en el que se declara la pérdida de registro del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

PRD

Foto tomada de https://centralelectoral.ine.mx/

Jueves 19 de septiembre del 2024.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) avaló el Dictamen en el que se declara la pérdida de registro del Partido de la Revolución Democrática (PRD), en virtud de no haber obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida en la elección federal ordinaria celebrada el 2 de junio de 2024.

 

La declaratoria se ubica en el supuesto establecido en el artículo 94, numeral 1, incisos b) y c), de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP) y se fundamenta en los resultados de los cómputos y declaraciones de validez respectivas de los Consejos del Instituto, así como en las resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

 

A partir del día siguiente de la aprobación de este Dictamen, el PRD pierde todos los derechos y prerrogativas que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LGPP y demás normatividad aplicable, con excepción de las prerrogativas públicas correspondientes al resto del ejercicio fiscal 2024, que deberán ser entregadas por el INE a la persona interventora respectiva, de conformidad con lo establecido por el artículo 389 del Reglamento de Fiscalización.

 

Por otro lado, el PRD podrá optar por el registro como partido político local en la o las entidades federativas en cuya elección inmediata anterior hubiere obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida y postulado candidatos propios en al menos la mitad de los municipios y distritos, condición con la cual se le tendrá por cumplido y acreditado el requisito del número mínimo de militantes con que debe contar, establecido en la LGPP.

 

A partir de este momento, el PRD podrá presentar la solicitud de registro ante el Organismo Público Local Electoral (OPL) o, en su caso, a partir de que haya concluido el proceso local extraordinario de la entidad de que se trate.

 

El PRD deberá cumplir las obligaciones que en materia de fiscalización establecen la LGPP, el Reglamento de Fiscalización y demás normatividad aplicable, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de liquidación de su patrimonio.

 

Avalan Programa de Trabajo de la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica

En otro punto de la sesión, el pleno aprobó el Programa de Trabajo de la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica de septiembre a diciembre de 2024, que tiene como objetivo general orientar, supervisar, dar seguimiento y, en su caso, aprobar los temas relativos a los programas de capacitación, educación cívica, promoción del voto, difusión, paridad de género y respeto a los derechos de las mujeres en el ámbito político que desarrolle la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, a través de las diversas actividades plasmadas en las líneas de acción.

 

Finalmente, recibió el Cuarto informe en cumplimiento al principio de definitividad de las actividades realizadas y concluidas en el Proceso Electoral Federal y los locales concurrentes 2023–2024.

 

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