Profepa recupera y pone a salvo a polluelos de perico atolero extraídos ilegalmente de su nido en Guerrero
La Profepa en Guerrero aseguraron de manera precautoria 3 ejemplares polluelos de perico atolero extraídos ilegalmente de su nido.

Ejemplares polluelos de perico atolero.
PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE.
20 de marzo de 2025.- Inspectores de la Profepa en Guerrero aseguraron de manera precautoria 3 ejemplares polluelos de perico atolero frente naranja, Eupsittula canicularis, en un ejido del municipio de Pungarabato, Guerrero.
Esta especie se encuentra sujeta a protección especial en la NOM-059-SEMARNAT-2010. Los ejemplares están siendo trasladados para su revisión clínica a un PIMVS (predios o instalaciones que manejan vida silvestre fuera de su hábitat) con permiso y plan de manejo para esta especie. En el Predio se les dará atención y alimentación hasta que crezcan un poco, para valorar si es posible regresarlos a su ambiente silvestre.
La recuperación de los ejemplares fue posible gracias a que el equipo de la Profepa fue a Pungarabato, con el objetivo de localizar a quien en redes sociales se hace llamar “Luis mi padre hermoso”, responsable confeso de la extracción de su nido de los tres polluelos de perico atolero frente naranja, delito que se difundió a través de videos en redes sociales y medios de comunicación.
Ya en la localidad, los inspectores de Profepa ubicaron el domicilio de la persona y le hicieron una visita de inspección, durante la cual llevaron a cabo el aseguramiento.
“Desafortunadamente, los polluelos ya no pueden ser regresados a su nido debido a que al momento de extracción la madre lo abandona y ya no hay quien los alimente. Como hemos señalado una y otra vez, la extracción ilegal de ejemplares de vida silvestre tiene consecuencias enormes para los individuos, para las poblaciones y, en este caso, para la familia que vivía en ese nido”, explicó Mariana Boy Tamborrell, procuradora federal de protección al ambiente.
El 19 de marzo, la Procuraduría interpuso una denuncia penal por este caso ante la FGR por el delito contra la biodiversidad, previsto en el artículo 420, fracción III del Código Penal Federal, sancionado con una pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa. Con independencia de las acciones realizadas por la Profepa, la investigación en el ámbito penal seguirá su curso, ya que dichas conductas afectan gravemente la biodiversidad del país.
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