9 de enero de 2026

Se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México

CAMe informa que se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México.

contingencia ambiental

COMISIÓN AMBIENTAL DE LA MEGALÓPOLIS.

08 de enero de 2026.- Con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas que aplican en la ZMVM, publicados por los Gobiernos de la Ciudad de México y del Estado de México, la Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México y sus medidas para el día de mañana, viernes 9 de enero del 2026, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud, así como para reducir la emisión de contaminantes.

 

Lo anterior debido a que se mantuvo la concentración alta de ozono en la mayor parte de las estaciones de monitoreo del SIMAT. Desde las 16:00 se presentó una concentración de ozono de 160 ppb en la estación Cuajimalpa, para la siguiente hora se registró una concentración de 157 ppb en la estación Atizapán y a las 18 horas, cinco estaciones estaban por arriba de valores de la norma (90 ppb).

 

Medidas y recomendaciones para la población

Se recuerda a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire, y atender las recomendaciones de salud para evitar exponerse a los picos de contaminación entre las 13:00 y 19:00 horas, en especial para los infantes, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con enfermedades respiratorias y cardiovasculares.

  • Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicio al aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas.
  • Suspender cualquier actividad al aire libre, organizada por instituciones públicas o privadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas.
  • Se recomienda posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.
  • Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.
  • Mantenerse informados sobre la calidad del aire con la App “Aire”, en el sitio web www.aire.cdmx.gob.mx, en X (Twitter) @Aire_CDMX o al teléfono 5552789931 ext. 1.

 

Reducción de emisiones

Se recomienda:

  • Facilitar y continuar el trabajo a distancia y realizar compras y trámites en línea para reducir viajes.
  • Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes.
  • Recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas; no cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.
  • Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.
  • Reducir el uso de combustibles en casa, acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.

 

Se recuerdan las restricciones a la circulación para el Sector Transporte:

  • Mañana viernes 9 de enero, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 2, 4, 6, 8, 9 y 0.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “00” y “0”, engomado azul, terminación de placa 9 y 0.
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  • Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
  • Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

 

Exenciones

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color azul y terminación de placa 9 y 0.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I.

 

La Comisión Ambiental de la Megalópolis, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y las autoridades ambientales de la Ciudad de México y del Estado de México, estarán atentas a la calidad del aire y evolución de las condiciones meteorológicas prevalecientes en la ZMVM e informarán en un boletín que se emitirá el día de mañana viernes 9 de enero a las 10:00 horas.

 

Para más información del Programa y sus medidas, se sugiere consultar las siguientes páginas:

CAMe https://www.gob.mx/comisionambiental

CDMX http://www.aire.cdmx.gob.mx/default.php

EDOMEX http://rama.edomex.gob.mx/

PROFEPA: www.profepa.gob.mx/

ASEA: Instalaciones de Distribución y expendio de Gas L.P. (Aplica Fase I a Grupo 5)

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/981273/Medidas_ante_Contingencias_Ambientales_Atmosf_ricas_Gas_L.P._2025.pdf

Instalaciones de expendio al público de gasolinas (Aplica Fase I a Grupo 5)

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/981274/ProgramaASEA_ante_Contingencias_Ambientales_Atmosfericas_Expendio_de_Gasolinas_2025.pdf

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