Dirige CNDH recomendación a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, por violación a la integridad personal y dignidad por actos de tortura
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 13/2020, al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, por actos de tortura en agravio de una persona del sexo masculino, así como al Fiscal General de la República, por la omisión de iniciar la investigación respectiva.
Este Organismo Autónomo acreditó violaciones a los derechos humanos a la integridad personal y a la dignidad por actos de tortura, atribuibles a personal de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, así como a la seguridad jurídica atribuible a personal de la Fiscalía General de la República.
V1 fue detenido en flagrancia de la comisión de un delito por personal de la entonces Policía Federal quienes le propinaron diversos golpes, entre ellos el llamado telefonazo, mismo que consistió en golpearlo con las dos palmas de las manos en sus oídos, lo que le ocasionó la pérdida de la audición en el oído derecho a consecuencia de la agresión que sufrió, ello a fin de que se inculpara en diversos hechos delictivos.
La CNDN entrevistó y aplicó a V1 las Opiniones Médica y Clínico Psicológica Especializadas para Casos de Posible Tortura y/o Maltrato basadas en el “Protocolo de Estambul” en las que se concluyó que sí presentó lesiones traumáticas como lo es la perforación de membrana timpánica derecha, mismas que son concordantes con lo referido por el agraviado; además de que presentó síntomas psicológicos derivados de un evento traumático los cuales se encuentran documentados y son similares a los referidos en el Manual Para la Investigación y la Documentación Eficaz de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Además, se acreditó que el agente del Ministerio Público de la Federación que tomó la declaración a V1, se percató de las lesiones que presentaba, y pese a ello, no dio inicio a la investigación por el delito de tortura, mismo que se persigue de oficio; lo cual aconteció hasta que la autoridad jurisdiccional dio vista.
Por lo anterior, la CNDH solicitó al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se repare integralmente el daño ocasionado a V1, proporcione la atención médica y psicológica en caso de requerirla, se inscriba en el Registro Nacional de Víctimas, así como colabore en la queja que se inicie en contra de las personas servidoras
públicas que resultaron responsables, y en el seguimiento de la Averiguación Previa que se sigue por el delito de tortura, y anexar copia de la Recomendación en sus expedientes laborales.
Se deberá capacitar al personal de la entonces Policía Federal que haya transitado a la actual Guardia Nacional, en materia de derechos humanos, específicamente sobre la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otro Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, protocolos sobre el uso de la fuerza en materia de seguridad pública, que de acuerdo con el segundo transitorio de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, no se opongan a lo dispuesto en ese decreto, así como del “Protocolo de Estambul”, y de la normatividad nacional en la materia.
Se proporcione al personal policial equipos de videograbación y audio.
Al Fiscal General de la República se solicitó colabore con la queja administrativa que presentará esta Comisión Nacional en contra del personal ministerial que conoció de la tortura, y se anexe copia de la resolución y de la Recomendación a su expediente laboral, además de impartir un curso en materia de derechos humanos, entre ellos, a la seguridad jurídica.
Esta Recomendación, ya fue notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx