La CNDH inicia investigación de oficio por el caso de un médico que atendía pacientes con covid-19, acusado, presuntamente, de abuso de autoridad
La CNDH emitió un acuerdo de radicación de oficio y atracción con motivo de la publicación realizada el día 30 de julio del 2020, en medios informativos electrónicos, como la nota publicada en el portal electrónico del periódico El Universal intitulada: “La historia del médico que salva vidas y lo castigan con cárcel”, en la cual se señala el caso de un médico que atendía pacientes con COVID19, que fue acusado, presuntamente, de abuso de autoridad, por la hija de un paciente infectado con dicha patología, quien al morir su padre denunció al médico urgenciólogo, encargado del área de Covid-19 del Hospital de Especialidades Vida Mejor del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas.
Asimismo, esta Comisión Nacional recibió el testimonio de familiar del médico mencionado, señalando que desde la detención de este, ha sido objeto de violación a sus derechos humanos por parte de servidores públicos de la Fiscalía General del Estado de Chiapas.
Por la gravedad de los presuntos hechos violatorios difundidos por los medios, la Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ordenó iniciar la investigación de oficio y atracción, en virtud de que se trata de posibles violaciones a derechos humanos en agravio del médico mencionado.
Derivado de que los hechos narrados en las citadas notas periodísticas inciden en la opinión pública nacional y con la finalidad de investigar posibles actos u omisiones cometidos por parte de servidores públicos de la Fiscalía, que por su naturaleza pudieran resultar de especial gravedad y constituir violaciones a los derechos humanos, esta Comisión Nacional integrará el expediente de queja respectivo y, en su momento, emitirá el pronunciamiento que conforme a derecho corresponda.
Esta Comisión Nacional exhorta a las autoridades estatales involucradas en el procedimiento que enfrenta el médico referido, garanticen que sus acciones sean apegadas a derecho, respetuosas de sus prerrogativas esenciales y se conceda, en el caso, el pleno ejercicio del derecho al debido proceso.