23 de noviembre de 2024

Asegurar el Derecho Humano al Agua, prioridad del Gobierno de México en las negociaciones para cumplir el Tratado de 1944

La prioridad en el manejo del agua en las entidades que contribuyen al cumplimiento del Tratado de Aguas de 1944 es asegurar el Derecho Humano al Agua de toda la población, lo que implica garantizar que todos tengan agua para su consumo. No hacerlo así sería irresponsable.

 

Así lo expresó la directora general de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), Blanca Jiménez Cisneros, al participar en la VIII Sesión Extraordinaria del Consejo de Operación y Vigilancia del Consejo de Cuenca del Río Bravo, convocado para abordar el estado del cumplimiento del Tratado de Aguas de 1944.

 

Agregó que dicho acuerdo es una herramienta legal que establece mecanismos para repartir el agua de la cuenca binacional entre México y Estados Unidos, pero también determina las bases para distribuirla entre los estados mexicanos que se encuentran en la parte alta y baja de dicha cuenca.

 

La titular de Conagua hizo hincapié en que son incorrectas las versiones difundidas en el sentido de que el Gobierno de México fue omiso en 2015 al no pagar con agua de presas internacionales el faltante del ciclo 34 del Tratado, que concluyó en ese año.

 

Si bien en 2015 se cerró con un déficit de 325 millones de metros cúbicos (Mm3) por parte de México, no fue posible aplicar el Acta 234 del Tratado para cubrir dicho volumen con agua de las presas internacionales. Para que ello hubiera sido posible, era indispensable que el ciclo 33 —que cerró de manera anticipada debido al exceso de lluvia provocada por el huracán Alex— se hubiera concluido con adeudo, lo cual no ocurrió.

 

La titular de Conagua informó que, dado que las aportaciones del río Conchos han disminuido su porcentaje de entrega al cumplimiento del Tratado, los estados de Tamaulipas y Coahuila han tenido que incrementar el volumen que aportan.

 

Por ello, sostuvo, continúan las negociaciones para encontrar alternativas viables y factibles que permitan que, al 24 de octubre, México pueda concluir satisfactoriamente la aportación del agua que por derecho debe recibir Estados Unidos, sin que ello implique sacrificar el abasto para consumo humano.

 

Asimismo, reiteró que una concesión —cuyo cumplimiento se determina en función de la disponibilidad de agua que exista en las presas— no implica otorgar el derecho a la propiedad privada sobre el recurso hídrico.

 

Finalmente, Jiménez Cisneros expuso que el Gobierno de México seguirá actuando con apego a criterios técnicos y legales, con el firme propósito de garantizar la continuidad de las actividades productivas en todas las cuencas, la protección de las personas y su patrimonio, así como la seguridad de la infraestructura hidráulica.

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