5 de noviembre de 2024

Ley Olimpia, un paso más en la erradicación de la violencia de género: CNDH

La comisión solicitó a la Cámara de Diputados que dé celeridad al curso de aprobación de esta Ley

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) celebra que las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda, del Senado de la República, hayan aprobado por unanimidad la Ley Olimpia, que tipifica los actos sexistas y la difusión del discurso de odio contra las mujeres en medios de comunicación, y establecer penas de tres a seis años de prisión a quien violente la intimidad sexual de las personas.

 

La violencia en contra de las mujeres constituye un grave problema público que merece una pronta atención. El trabajo y la apertura del Senado de la República en el combate a esta violencia de género coadyuva en el avance hacia una sociedad más equitativa y justa en el trato hacia las mujeres. Es obligación del Estado mexicano garantizar el acceso a una vida libre de violencia para todas las personas y, con particular atención, a las mujeres, quienes viven una constante violencia estructural en agravio de sus derechos humanos.

 

La difusión de imágenes de contenido sexual en medios digitales o análogos, sin el consentimiento de la persona que aparece en él, es una de las diversas conductas que constituyen un agravio hacia las mujeres; atenta contra la libertad, autonomía sexual, la privacidad y la intimidad.

 

Los derechos sexuales y reproductivos, así como a la intimidad y la vida privada están reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, la protección a la vida privada está reconocida en instrumentos internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo 11, y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en su artículo 5. La aprobación de este dictamen es un avance.

 

La violencia sexual ejercida a través de la difusión de imágenes con contenido sexual, sin consentimiento, afecta principalmente a las mujeres y tiene repercusiones graves en su vida privada, por lo que la previsión de sanciones para quienes realicen conductas que vulneren la intimidad es un medio para que las víctimas puedan hacer exigibles sus derechos.

 

Por lo anterior, esta Comisión Nacional reconoce en la iniciativa del Senado, una acción importante para cumplir con los mandatos constitucionales y convencionales en el deber de proteger los derechos humanos de las mujeres y, hace un atento llamado a las Diputadas y Diputados para que, en esta iniciativa, se apruebe a la brevedad y se incorpore a la discusión la obligación que tiene el Estado de salvaguardar la dignidad de las mujeres como base fundamental para el ejercicio de sus derechos humanos.

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