INE declara improcedentes quejas del PRD y PRI
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) sesionó esta tarde para conocer de dos quejas interpuestas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI), respectivamente.
En el primer caso, el PRD denunció al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) por la supuesta compra y coacción del voto de la ciudadanía con motivo de las manifestaciones realizadas en una entrevista por un candidato a diputado local y su dirigencia nacional, donde refieren que para apoyar a las familias que han perdido su fuente de ingresos derivado de la pandemia por COVID-19, impulsarán la creación de un vale para adquirir la canasta básica, lo que a juicio del quejoso constituye una promesa de dádiva al electorado.
Al respecto, la Comisión determinó la improcedencia de las medidas cautelares pues, bajo la apariencia del buen derecho, no existen elementos de que el partido esté llevando a cabo la entrega del supuesto vale, sino que se trata de la difusión de una propuesta de campaña contenida en la plataforma electoral del partido político, lo que no viola disposición legal alguna. El artículo 209, numeral 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prohíbe la entrega de cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo o indirecto lo que, en el presente caso, en sede cautelar, no se observa.
La segunda queja fue presentada por el PRI en contra del partido Morena, por la posible realización de actos anticipados de campaña, luego de la distribución los pasados 3 y 4 de marzo de la publicación nacional impresa Regeneración MORENA. El periódico de las causas justas y el pueblo organizado (edición de enero-febrero 2021), según el quejoso, contiene información que alude al proceso electoral en curso y exalta logros de Morena, durante la etapa de intercampaña del Proceso Electoral Local de Nuevo, en franca violación a la equidad de la contienda.
Sobre este caso, la Comisión resolvió de igual manera la improcedencia de las medidas cautelares pues, dado el periodo transcurrido y el cambio de etapa electoral a partir del 4 de abril en que iniciaron las campañas, se considera que la distribución del periódico se trata de hechos consumados e irreparables vía cautelar. Lo anterior, sin que se prejuzgue lo que en el fondo resuelva la Sala Regional Especializada.
Ambos asuntos fueron aprobados por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.