CNDH dirige recomendación al ISSSTE por la negativa e inadecuada atención médica a una persona con discapacidad psicosocial
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 50/2021 dirigida al director del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Luis Antonio Ramírez Pineda, al acreditar violaciones a los derechos humanos de protección a la salud, a la igualdad y no discriminación laboral, de una persona con discapacidad
La víctima, derechohabiente del ISSSTE y trabajadora del Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México (IEMS), presentó escritos de queja ante este Organismo Nacional manifestando que personal de la Clínica de Especialidades Churubusco emitió en su favor Certificados Médicos en los que se le diagnostica con depresión y Trastorno Límite de Personalidad, así como con ansiedad moderada recurrente y Trastorno de Personalidad Inestable, respectivamente. Sin embargo, sin darle ningún argumento o explicación dichos certificados médicos fueron cancelados por parte del ISSSTE, siendo que sus certificados médicos son indispensables para acreditar su condición de persona con discapacidad psicosocial, a fin de que se le apliquen los ajustes razonables en sus actividades laborales.
Cuando la CNDH cuestionó al ISSSTE sobre la cancelación de certificados médicos y el desabastecimiento del medicamento, la autoridad no logró justificar la cancelación de los certificados, ni señaló los motivos por lo que no le había sido entregado el medicamento indicado a la víctima, desconociendo los motivos de dicha situación. Cabe señalar que los medicamento se le había prescrito por los Especialistas en Psiquiatría adscritos a la Clínica de Especialidades Churubusco desde el año 2020, a fin de atender sus diagnósticos y síntomas.
Con base en lo anterior, la CNDH dirigió siete puntos recomendatorios al ISSSTE para que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se brinde la reparación integral del daño, que incluya una compensación justa y suficiente con motivo de la responsabilidad institucional. Que se inscriba a la víctima en el Registro Nacional de Víctimas, y se le proporcione la atención médica y psicológica por personal profesional especializado, además de proveerle los medicamentos convenientes a su situación.
También solicitó que no se someta a la victima a un dictamen por parte del Subcomité de Medicina del Trabajo, sino que se emita un certificado médico indicando en su favor ajustes razonables idóneos. Que, a través de su Junta Directiva, reglamente en la normatividad interna del ISSSTE la aplicación de los ajustes razonables en los casos de padecimientos mentales. Que colabore ampliamente en la presentación y seguimiento de la queja administrativa que esta Comisión Nacional formule ante el Órgano Interno de Control en el ISSSTE, a fin de que se investigue y determine la responsabilidad de los implicados y demás servidores públicos que participaron en los hechos. Y, finalmente, que se impartan cursos de capacitación al personal administrativo y médico adscrito a la Clínica de Especialidades Churubusco, sobre capacitación y formación en materia de derecho a la igualdad y no discriminación, y derechos de las personas con discapacidad.
La Recomendación 50/2021 ya fue debidamente notificada al destinatario y puede ser consultada en la página web cndh.org.mx.
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