CNDH emite recomendación al INFONAVIT por omisiones sistemáticas y prácticas administrativas irregulares en perjuicio de 56 personas derechohabientes
A pesar de conocer la problemática, personas funcionarias públicas adscritas al INFONAVIT omitieron aplicar los mecanismos necesarios para solventarla, lo cual provocó inseguridad en la tenencia de la propiedad de las víctimas
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 133/2021 al director general del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), Carlos Martínez Velázquez, por incumplir con la titulación de propiedad de 56 créditos, vulnerando el derecho a la vivienda y a la propiedad, así como a la seguridad jurídica de un número igual de personas derechohabientes, ya que estas iniciaron gestiones con ese Instituto para el otorgamiento de sus respectivos títulos de propiedad, sin que se les atendiera tal pretensión, privándoles de los derechos de disponer de los inmuebles por carecer del documento que acreditaba su derecho a la propiedad.
De enero de 2018 a octubre de 2019, la CNDH recibió 56 quejas similares en cuanto a irregularidades administrativas en la titulación de propiedades adquiridas con créditos del INFONAVIT, varios de ellos totalmente pagados. Los derechohabientes han sufrido dilaciones, fallas en la información, faltas de respuesta oportuna, y han pasado mucho tiempo en espera de que su trámite se cumpla, además de realizar gastos en trámites, sin lograr que se les otorgarán los documentos requeridos, por razones atribuibles a personas servidoras públicas adscritas a la institución mencionada.
Este Organismo Constitucional constató que los servidores públicos responsables no aplicaron los mecanismos necesarios para solventar la problemática, a pesar de tener conocimiento de la existencia de irregularidades previas en cada uno de los casos y a las deficiencias institucionales que obstaculizaron la debida atención de los mismos, las cuales se dieron desde la asesoría hasta la titulación de los créditos, incluida la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad, así como la corrección de tales omisiones posterior a la liquidación de los créditos.
Las omisiones sistemáticas y prácticas administrativas analizadas dan cuenta de una falta de coordinación al interior del propio Instituto, así como una falla de diligencia y consecución en los procesos de escrituración, que subsisten en el servicio que otorga el INFONAVIT, razón por la cual es indudable que existe especial responsabilidad de los mandos superiores. Asimismo, se advierte que, si bien la institución mencionada impone a sus derechohabientes como requisito para entregar los correspondientes títulos de propiedad libres de gravamen, el liquidar previamente los respectivos créditos hipotecarios que les otorga; sin embargo, esa autoridad omite el deber y responsabilidad de otorgar seguridad jurídica a sus acreditados desde el momento en que se les otorga un crédito hipotecario.
Por lo anterior, la CDNDH dirige al INFONAVIT las siguientes recomendaciones:
Que, en un plazo breve, se finalicen las gestiones y acciones necesarias para que se regularicen y escrituren los cincuenta y seis inmuebles; que se elabore un programa de regularización de dichos inmuebles, haciéndolo del conocimiento público de los interesados; que se inscriba a los 56 agraviados en el Registro Nacional de Víctimas, para los fines de la Ley General de Víctimas, considerando los gastos devengados por ellas para el trámite de sus respectivos asuntos.
Que se colabore con este Organismo Nacional en la queja administrativa que se presente ante el Órgano Interno de Control del INFONAVIT, respecto de la actuación de los servidores públicos participantes en los hechos; que se incorpore copia de la Recomendación 133 en los expedientes laborales y personales de los mencionados servidores públicos como constancia de las violaciones a los derechos humanos en los que participaron; que se diseñe e imparta para ellos un curso integral y un taller de capacitación con el tema de la debida diligencia en materia administrativa, con especial énfasis en los procedimientos de regularización que lleva el INFONAVIT.
Que se emita una circular a todas las personas servidoras públicas del INFONAVIT, donde se establezca que los servicios que se brinden deben ser con calidad, calidez, debida diligencia y con respeto a los derechos humanos de los usuarios.
De todas las recomendaciones, el INFONAVIT deberá enviar a la CNDH constancias que acrediten su cumplimiento.
La Recomendación 133/2021 ya fue notificada a su destinatario y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx.
¡Defendemos al pueblo!