25 de marzo de 2024

Presenta CNDH avance de armonización legislativa entre sistema penitenciario mexicano y normas internacionales

La CNDH invita a consultar el Estudio de Armonización Legislativa entre el Sistema Penitenciario Mexicano y las Normas Internacionales, a través del siguiente enlace: http://www.armonizacion.cndh.org.mx/

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dio a conocer que el porcentaje general en la armonización legislativa entre el Sistema Penitenciario Mexicano y las normas internacionales es del 87%, lo que demanda intensificar los trabajos para lograr la incorporación a los ordenamientos correspondientes, para garantizar un efecto útil en la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos de las personas privadas de su libertad en centros penitenciarios.

 

No obstante el alto porcentaje en promedio alcanzado en la armonización en esta materia, debe destacarse que lamentablemente el marco jurídico del sistema penitenciario del país aún no contempla la garantía del derecho humano a la libertad religiosa y de cultos de las personas privadas de la libertad. Por ello, la calificación que procedió asignar al sistema jurídico del país en este renglón fue cero (0).

 

Hubo cuatro disposiciones jurídicas, de las 20 que se estudiaron, que merecieron una calificación de solo 60% de avance. Es el caso de las relativas a los derechos de las personas que han sido privadas de su libertad a una estancia digna, a la información, al debido proceso administrativo y a estar cerca de su domicilio. De esta manera, las 15 restantes alcanzaron un 100% de puntuación.

 

A través de este estudio se hizo una revisión de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de dos leyes de carácter nacional: la Ley Nacional de Ejecución Penal y el Código Nacional de Procedimientos Penales. A diferencia de otros estudios de esta naturaleza que ha publicado anteriormente la CNDH, en que se ha incluido el análisis de la armonización en los estados y la Ciudad de México, en esta ocasión, el estudio se limitó a revisar los ordenamientos citados, ya que son de aplicación directa por las autoridades no solo federales, sino también estatales, razón por la cual en las entidades federativas solo se abrogarán las normas jurídicas relacionadas con este tema. Es por ello que no se incluye un seguimiento de la armonización a nivel estatal.

 

Al presentar el Estudio de Armonización Legislativa entre el Sistema Penitenciario Mexicano y las normas internacionales, la Tercera Visitadora General de la CNDH, Ruth Villanueva Castilleja, subrayó que dicho estudio tiene como propósito verificar la concordancia de las leyes con las normas e instrumentos internacionales que en relación con el mandato constitucional aseguren la viabilidad del ejercicio y goce de los derechos humanos, así como su eficaz protección y defensa.

 

“La armonización legislativa que se presenta en esta ocasión –dijo— tiene como propósito constituirse en una herramienta que permita dotar de información útil, pertinente, relevante, objetiva y confiable para definir criterios orientados al establecimiento de las políticas públicas del Estado, nutriendo el concepto de eficiencia y eficacia que enmarca la evaluación de las mismas, por lo que a las autoridades, estudiosos y ciudadanía en general se le brinda así este relevante documento para que, en el ámbito de sus intereses, se impulsen las acciones necesarias para la inclusión y, en su caso, exigibilidad de la eficacia del sistema de reinserción social”.

 

En acto efectuado en el Centro Nacional de Derechos Humanos, en que también estuvo acompañada en el presídium por Rogelio Miguel Figueroa Velázquez, Comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) de la Secretaría de Gobernación, y por Fernando Elizondo García, de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), explicó que, para ello, se llevó a cabo el análisis relativo a la inclusión de 20 derechos humanos reconocidos en las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, denominadas “Reglas Nelson Mandela”, consideradas instrumento rector en la materia y universalmente reconocidas para la administración de los centros penitenciarios y el tratamiento de las personas privadas de la liberad, cuyo valor e influencia para la elaboración de leyes, políticas y prácticas penitenciarias en los Estados miembros es indiscutible.

 

En el análisis de este tema se consideraron, igualmente, los pronunciamientos, Informes Especiales, Recomendaciones Generales y particulares en que se ha analizado de manera específica este problema, así como las Recomendaciones emitidas por el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.

 

Señaló que para la generación de la “Plataforma de Seguimiento a la Armonización Legislativa de los Derechos Humanos”, que permite medir la cobertura constitucional y legal que instrumenta la obligación de todas las autoridades del país de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos fundamentales, así como prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los mismos, se tomaron en cuenta 12 instrumentos internacionales y 8 más relacionados con las Reglas Nelson Mandela, todos los cuales se contrastaron con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Nacional de Ejecución Penal y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

La Tercera Visitadora General explicó que los 20 derechos fundamentales analizados son los derechos a la vida, a la salud, al trabajo, a la integridad personal y prohibición de la tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes, a la igualdad ante la ley y no discriminación, a la educación, a la protección de datos personales, de petición, a la dignidad, a la alimentación, a una estancia digna, a la reinserción social, al acceso a la información, a tener contacto con el exterior, al debido proceso judicial, al debido proceso administrativo, a la libertad religiosa y de culto, de las mujeres a una maternidad plena, libre y segura, a estar cerca de su domicilio y de las niñas y los niños a convivir con su madre, su familia y su medio.

 

Por su parte, Fernando Elizondo García dio pormenores de cómo ese organismo trabajó con la CNDH en la elaboración del Estudio. Recordó que el mandato de esa institución es contribuir a ayudar a los países a erradicar o combatir el terrorismo, las drogas y el crimen.  De esta forma ha detectado la crisis penitenciaria global con base en cuatro factores: crecimiento continuo de la población carcelaria, hacinamiento, graves costos del encarcelamiento para los internos y para la sociedad en general, y condiciones carcelarias equivocadas.

 

De acuerdo con el último reporte en la materia, dijo, en el mundo hay 10.3 millones de personas privadas de la libertad, es decir, 144 personas por cada 100,000 habitantes; indicó finalmente que la tasa mexicana es superior a esa cifra, ya que esa población es joven, entre los 18 y los 39 años de edad, lo cual tiene un costo para el país, porque estamos encerrando a nuestra principal fuerza laboral.

 

La CNDH invita a consultar el Estudio de Armonización Legislativa entre el Sistema Penitenciario Mexicano y las Normas Internacionales, a través del siguiente enlace: http://www.armonizacion.cndh.org.mx/

 

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