20 de abril de 2024
Centro de Tratamiento para Adolescentes de Ensenada

Centro de Tratamiento para Adolescentes de Ensenada (Foto Tomada de Frontera.info)

El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) detectó diversos factores críticos relacionados con el trato humano y digno, legalidad y seguridad jurídica, derecho a la protección a la salud y a la integridad personal que pudieran derivar en casos de tortura o maltrato a las personas internas en el Centro de Tratamiento para Adolescentes en Ensenada, Baja California, por lo cual emitió el Informe de Supervisión ISP-6/2018, dirigido al Gobernador de esa entidad.

 

Mediante dicho Informe se pretende valorar las medidas para prevenir cualquier acto de autoridad que vulnere la integridad de las personas privadas de la libertad, así como dignificar el trato y las condiciones en los lugres de internamiento bajo la competencia de la Subsecretaría del Sistema de Seguridad Penitenciaria de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Baja California.

 

Personal de la Dirección Ejecutiva del MNPT examinó, con base en estándares internacionales y nacionales de protección a derechos humanos, el trato y las condiciones de detención de las personas, desde el ingreso y durante el tiempo que permanecen privadas de la libertad, así como la capacitación que se imparte al personal del servicio público sobre las obligaciones establecidas en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y las atribuciones del Mecanismo.

 

Derivado de dicha visita, se encontraron deficientes condiciones en instalaciones, como no contar con áreas de ingreso, protección, sancionados, talleres, visita familiar y visita íntima, tanto en el área varonil como femenil; malas condiciones de mantenimiento en el dormitorio de mujeres, que carece de iluminación y ventilación, además de que hay grietas y filtraciones, y solo cuenta con un inodoro.

 

El 100% de las y los adolescentes entrevistados calificaron de mala la calidad, preparación y presentación de los alimentos, lo que transgrede el derecho humano a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, así como a recibirla de manera adecuada como prerrogativa de toda persona privada de la libertad.

 

En cuanto al trato recibido a su ingreso, los entrevistados señalaron que fue regular –50%—, mientras que en materia de reinserción social destaca la falta de pedagogo y personal para las áreas laboral y deportiva; no hay trabajo remunerado, y ante la falta de área de visita familiar, ésta se realiza en un pasillo denominado “yarda” y se carece de teléfonos públicos para el uso de las personas privadas de la libertad.

 

El total de las personas entrevistadas se inconformó con las sanciones administrativas, ya que cuando cumplen una medida disciplinaria les suspenden las actividades del Programa Personalizado de Ejecución; no hay consultorio dental; se carece de consultorio específico para mujeres; falta médico en los turnos vespertino y nocturno, así como fines de semana, y el médico no realiza recorridos al interior del Centro para verificar las condiciones de higiene.

 

El Jefe de Seguridad no recibe capacitación en materia de prevención de la tortura y derechos humanos; faltan programas y protocolos para prevenir y, en su caso, atender homicidios, suicidios, evasiones, riñas, huelgas de hambre y motines, y faltan rampas para el desplazamiento de personas con alguna discapacidad física.

 

Por lo anterior, el MNPT recomienda al Gobernador del estado de Baja California que el Centro reúna las condiciones de habitabilidad e higiene para garantizar estancia digna y segura; cuente con áreas para la correcta aplicación del plan individualizado de ejecución para varones y mujeres en condiciones de igualdad; que las personas internas tengan acceso a las actividades educativas, deportivas y laborales, y haya personal necesario para su implementación.

 

Además, que haya teléfonos públicos suficientes, espacios para la visita familiar, que durante la sanción disciplinaria no se suspenda el Programa Personalizado de Ejecución, que haya personal médico y odontológico suficiente, se verifique la salubridad del Centro, se implementen programas de capacitación para los servidores públicos sobre prevención de la tortura, uso racional de la fuerza y manejo de conflictos, y se realicen las modificaciones y adaptaciones que faciliten el desplazamiento de las personas con discapacidad física.

 

Este Informe de Supervisión, que ya fue debidamente notificado a su destinatario, puede consultarse en la página www.cndh.org.mx

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