26 de abril de 2024

CNDH pide a IMSS dar medicamentos para quimioterapias a paciente con cáncer linfático

Un hospital del IMSS en Guadalajara suspendió el tratamiento de la paciente en diciembre pasado bajo el argumento de que no se contaba con la totalidad de medicamentos para brindarle el servicio

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) investiga la queja presentada por una persona que padece cáncer linfático, a quien, en diciembre de 2019, le suspendieron el tratamiento de quimioterapias en el Hospital General Zona 110 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Guadalajara, Jalisco, bajo el argumento de que no se contaba con la totalidad de medicamentos para brindarle el servicio.

Por ello, esta Comisión solicitó a la titular de la Unidad de Atención al Derechohabiente del IMSS, implementar medidas cautelares para la paciente, toda vez que existe el riesgo de comprometer su estado de salud, su integridad física y su vida.

Ello implica que la agraviada reciba de manera inmediata y oportuna los medicamentos que necesita para continuar con las quimioterapias prescritas y afronte su padecimiento, garantizando y salvaguardando su derecho a la salud y a la vida.

De conformidad con lo establecido en el artículo 4, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona tiene derecho a la protección de la salud, en relación con el numeral 8 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, el cual determina que las actividades de atención médica que brinda el Estado son de cuatro tipos, las preventivas, curativas, de rehabilitación y paliativas.

TAMBIÉN PUEDES LEER: Estudiantes UDLAP se capacitan sobre el buen uso medicamentos

Tales atenciones tienen por objeto efectuar un diagnóstico temprano de los problemas clínicos y establecer un tratamiento oportuno para la resolución de los mismos, tendentes a limitar el daño, corregir la invalidez física o mental, incluyendo el cuidado integral para preservar la calidad de vida del paciente, a través de la prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas físicos y emocionales, por parte de un equipo multidisciplinario.

Las medidas cautelares ya han sido notificadas a la citada autoridad, por lo que la CNDH permanecerá atenta a su respuesta y, en caso de ser aceptadas, dará seguimiento a la implementación y cumplimiento de éstas, vigilando que se respeten los derechos humanos de la víctima en la presente investigación.

Deja una respuesta