20 de abril de 2024

Son municipios los responsables de sancionar incumplimiento de disposiciones sanitarias

El Acuerdo 102/2020 contempla la imposición de multa o arresto de hasta 36 horas, a quien no porte cubrebocas en espacios públicos abiertos o cerrados, entre otras medidas

La Secretaría General de Gobierno dio a conocer que como lo marca el Acuerdo 102/2020, las autoridades municipales son las encargadas de sancionar a quienes incumplan las medidas sanitarias adoptadas para contener los contagios por COVID-19.

 

Con el retorno de la Región Juárez a Semáforo Naranja, por el alza en el número de personas contagiadas, el lunes 12 de octubre se publicó el Acuerdo N° SS/SEM 010/2020 de la Secretaría de Salud Chihuahua, que señala que para esta zona de la entidad se deberá aplicar lo establecido en el Acuerdo 102/2020 publicado el pasado 10 de agosto.

 

El numeral Vigésimo del mismo, establece que los ayuntamientos serán las autoridades que sancionen a quienes actúen en contravención de las medidas sanitarias establecidas imponiendo multa o arresto hasta por treinta y seis horas.

 

Entre estas faltas se contempla el uso obligatorio del cubrebocas en cualquier lugar fuera del hogar, en espacios públicos abiertos o cerrados.

 

Considera además sanciones a los comercios ambulantes, fijos y semifijos, que incumplan con las disposiciones sanitarias.

 

La sanción se aplicará también a quien interfiera o se oponga al ejercicio de las funciones de la autoridad sanitaria.

 

Las autoridades estatales serán las encargadas de vigilar el cumplimiento de las disposiciones de negocios que operen bajo la Ley de Alcoholes del Estado, que en este caso será sancionado por la Secretaría General de Gobierno.

 

En materia de transporte, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología es la encargada de sancionar según corresponda de acuerdo con la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua.

 

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social ejecutará inspecciones para asegurar el debido cumplimiento del Acuerdo 102/2020, verificando que operen solamente empresas, negocios o establecimientos que realicen actividades esenciales, siempre respetando las medidas preventivas de salud.

 

Las instituciones de Seguridad Pública estatal, tendrán la facultad de prestar el apoyo necesario a las instancias competentes para garantizar se acate los dictado por el Gobierno del Estado de Chihuahua para salvaguardar la integridad de la población, en medio de la contingencia sanitaria que se atraviesa.

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