21 de diciembre de 2024

CNDH emite recomendación a CONAGUA y gobierno de Oaxaca por contaminación del Río Atoyac

Luego de investigar lo que ocurre en el río Atoyac, la CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos al saneamiento del agua y a un medio ambiente sano

cndh recomendación por rio atoyac

cndh recomendación por rio atoyac. Foto: Agua.org

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 57/2020 a Blanca Jiménez Cisneros, Directora General de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA); a Alejandro Murat Hinojosa, Gobernador del Estado de Oaxaca; a Laura Vignon Carreño, Directora General del Organismo Operador “Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca” (SAPAO) y a 28 municipios de esa entidad por la contaminación del río Atoyac y sus afluentes.

Este Organismo Autónomo acreditó violaciones a los derechos humanos al saneamiento del agua y a un medio ambiente sano por la descarga de aguas residuales sin tratamiento; inadecuada gestión de residuos sólidos en diversos municipios de Oaxaca donde fluyen las aguas de dicho cuerpo de agua, así como por la falta de medidas de vigilancia que ponen en riesgo el equilibrio ecológico y la salud de la población.

La CNDH también advirtió que la contaminación del río Atoyac y sus afluentes representa un desequilibrio ambiental de carácter continuo, cuya existencia es de amplio conocimiento de las autoridades.

Aun cuando reconoce los esfuerzos realizados por parte de las autoridades destinatarias de la Recomendación -como la integración y funcionamiento del “Grupo Específico de Trabajo para el Saneamiento de los ríos Atoyac y Salado” y las acciones relacionadas con planes de saneamiento locales­- la Comisión subraya que la problemática persiste, por lo cual se requieren mayores esfuerzos y la participación de la sociedad civil.

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Por ello, se solicita a la CONAGUA efectuar recorridos por los ríos Atoyac y Salado para hacer un inventario de la totalidad de los puntos de descarga, verificar el cumplimiento de la normatividad e iniciar, en su caso, procedimientos sancionadores respectivos.

A la CONAGUA y al Gobierno del estado se les solicita suscribir los convenios necesarios con las autoridades competentes para que se garantice que en los ejercicios fiscales 2021 al 2023 se asignen recursos suficientes a los municipios referidos, para la debida prestación de los servicios públicos de alcantarillado, drenaje y saneamiento de aguas residuales y de gestión integral de los residuos.

A la Comisión Estatal del Agua, Presidentes Municipales y al SAPAO se les recomienda realizar los trámites para obtener o regularizar sus permisos de descarga; elaborar un proyecto ejecutivo con el presupuesto necesario para el diseño, construcción, rehabilitación, operación y mantenimiento de los sistemas de saneamiento de aguas residuales y de gestión de los residuos necesarios.

Gestionar los convenios necesarios e inscripción a los diversos programas de financiamiento disponibles y, de ser pertinente, asumir temporalmente dicho servicio público por parte del gobierno estatal, con el sector social o privado, para la prestación conjunta de los servicios.

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Al gobernador de Oaxaca se le pide llevar a cabo un inventario de sitios de disposición final de residuos, tanto controlados y autorizados como no controlados y, de ser necesario, determinar el cierre inmediato y clausura de los últimos.

De igual forma se solicita a los municipios que elaboren y actualicen sus respectivos Programas locales para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos, con datos actualizados de generación y caracterización de residuos.

Todas las autoridades recomendadas, en el ámbito de sus atribuciones, deberán generar, ordenar, procesar, conservar, publicitar y actualizar toda aquella información relativa a las condiciones ambientales del río Atoyac y/o sus afluentes y los avances en las acciones a ejecutarse en el marco del Programa de Saneamiento, a fin de que cualquier persona pueda tener acceso a la misma y se promueva la participación corresponsable de la sociedad en la planeación, ejecución, evaluación y vigilancia de la política ambiental y de recursos naturales.

Las autoridades municipales y del Gobierno del Estado deberán implementar también un programa de campañas periódicas de sensibilización ambiental, o bien, reforzar el programa existente, dirigidas al público en general con el objeto de modificar los hábitos de generación de residuos.

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Finalmente, a todas las autoridades se les recomendó colaborar con la CNDH en la queja administrativa que se presentará ante la instancia correspondiente por las irregularidades descritas, así como capacitar a los servidores públicos sobre derechos humanos y la debida diligencia administrativa, entre otros.

La Recomendación 57/2020 ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx

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