CNDH pide garantizar acceso a vacuna contra Covid-19 a personas privadas de la libertad
Más de seis mil personas adultas mayores se encuentran privadas de la libertad; se les debe informar sobre las fases implementadas para acceder a la vacuna y la importancia de su aplicación
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhorta al sistema penitenciario para que, junto con las Secretarías de Salud federal y estatales, garanticen el acceso al Plan Nacional de Vacunación contra el virus SARS-COV-2 a las personas privadas de la libertad, particularmente a las mayores de edad y a quienes pertenecen a grupos de atención prioritaria.
La CNDH hace un llamado a dichas autoridades para que garanticen el derecho de las personas internas en centros penitenciarios federales, estatales y militares, a acceder oportuna y eficazmente a servicios médicos y esquemas de vacunación a los que tienen derecho en igualdad de condiciones que la población en libertad, conforme a los principios de dignidad, trato humano e igualdad; en caso contrario, el Estado Mexicano sería responsable de violaciones a los derechos humanos por omisión.
Durante las visitas de supervisión penitenciaria que este Organismo Nacional, realiza en diversos centros penitenciarios, ha constatado que, en algunos de ellos, las personas privadas de la libertad desconocen en qué consiste la Política Nacional de Vacunación contra el coronavirus y cómo pueden ejercer su derecho a recibir dicho medicamento.
Lo anterior es motivo de preocupación, dado que recientemente nuestro país inició la vacunación de personas mayores de 60 años en toda la República, previo registro en línea; lo que coloca a aproximadamente 6 mil 556 personas mayores privadas de la libertad (quienes además pueden pertenecer a uno o más grupos de atención prioritaria) en condición de vulnerabilidad respecto al conjunto de la población.
La Comisión Nacional considera indispensable informar y sensibilizar a la población penitenciaria sobre las fases implementadas para acceder a esa vacuna y la importancia de su aplicación, además de incorporar, de manera gradual, a las demás personas en reclusión, de acuerdo a los ejes de priorización implementados por el Gobierno Federal.
Al respecto, se debe recordar que en su Informe Especial sobre el estado que guardan las medidas adoptadas en centros penitenciarios para la atención de la emergencia sanitaria generada ante el virus SARS-CoV2 (COVID-19), emitido en junio de 2020, este Organismo Autónomo enfatizó que las autoridades de los tres órdenes de gobierno tienen la obligación de dotar y suministrar hasta el máximo de sus recursos, de forma gradual y progresiva, insumos médicos, medicamentos, sanitarios, sanitizantes y de higiene personal, así como visibilizar en las partidas presupuestarias correspondientes, la adquisición y aplicación de pruebas para COVID-19, estudios clínicos y/o vacunas (cuando estuvieran disponibles) destinadas específicamente para las personas privadas de la libertad.
La CNDH dará seguimiento puntual a todas las acciones que se realicen para proteger y garantizar el derecho a la salud, a la integridad y a la vida de las personas privadas de la libertad ante el contexto que persiste en nuestro país provocado por el virus SARS-COv-2.