19 de abril de 2024

Conagua, responsable únicamente del marco normativo de su competencia en materia de aguas nacionales

Reitera su disposición al diálogo, con estricto apego al marco legal vigente, como vía para la solución de las controversias.

La Comisión Nacional del Agua (Conagua) informa que la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento establecen claramente sus competencias en materia de autorizaciones y permisos, correspondiéndole las relativas al otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas nacionales, permisos de descargas de aguas residuales y autorizaciones de obra en cuerpos de agua de propiedad nacional y sus bienes inherentes.

 

Lo anterior, sin menoscabo de las demás autorizaciones federales, estatales o municipales que las empresas deban obtener para su operación y funcionamiento, en materia ambiental, uso del suelo, mercantil, salud, protección civil, entre otras, previstas en el marco legal correspondiente y que competen a otras autoridades.

 

En cuanto al conflicto de la planta Bonafont ubicada en la ciudad de Puebla con grupos opositores a su operación, esta Comisión no tiene competencia y corresponde a un tema de gobernabilidad, cuya atención requiere de la participación de los particulares y las autoridades del ámbito estatal involucradas en la materia.

 

La Conagua ha estado y seguirá atenta a los planteamientos de quienes ejercen su derecho de expresarse, reiterando su disposición al diálogo, con estricto apego al marco legal vigente como vía para la solución de las controversias.

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