26 de abril de 2024

CNDH emite recomendación a la SEMAR por cateo ilegal, detención arbitraria, retención ilegal y tortura en agravio de una persona, en la CDMX

El afectado fue detenido y torturado durante 18 horas por elementos de la SEMAR, antes de ser puesto a disposición el Ministerio Público Federal (MPF)

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 109/2021, al titular de la Secretaría de Marina (SEMAR), almirante José Rafael Ojeda Durán, por violación a derechos humanos de una persona, víctima de cateo ilegal, detención arbitraria, retención ilegal y actos de tortura, atribuibles a elementos de la Marina en la Ciudad de México (CDMX).

 

Después de permanecer 8 años y 8 meses privado de la libertad en el Centro Federal de Readaptación Social número 5 (CEFERESO 5), el 30 de septiembre de 2019, el Juzgado de Distrito dictó sentencia en la Causa Penal, en la que se absolvió a la víctima de la acusación formulada por el Ministerio Público Federal (MPF) en virtud de que no se acreditaron los delitos que se le habían atribuido, por lo que el 1 de octubre de 2019 fue puesto en libertad.

 

El afectado solicitó la intervención de la CNDH para investigar los hechos relacionados con su detención. En su queja, señaló que el 23 de enero de 2011 fue detenido y torturado durante 18 horas por elementos de la SEMAR, hasta que fue puesto a disposición del MPF el 24 de enero de 2011. La SEMAR informó que el 23 de enero recibió una denuncia ciudadana en la que se reportó la presencia de grupos armados en una colonia de la Ciudad de México, y al presentarse en el lugar se percataron de la presencia de un hombre que se encontraba armado, quien les informó que pertenecía a una organización criminal y que tenía conocimiento de que en un domicilio se encontraban personas secuestradas.

 

Señaló, además, que a las 3:00 horas del día siguiente, personal de la Marina acudió a corroborar tal situación; en el interior detuvieron a la víctima, quien portaba dos armas, sin encontrar personas privadas de la libertad; a las 20:00 horas, la víctima y otra persona fueron presentadas ante el MPF.

 

La CNDH acreditó violaciones a derechos humanos al comprobar que la puesta a disposición de la víctima no se apegó a la ley ni a la realidad de los hechos, ya que los elementos de la SEMAR arribaron a su domicilio aproximadamente a las 01:10 horas de esa fecha y no a las 03:00 horas como lo asentaron; la intromisión en el domicilio no obedeció a denuncia de personas secuestradas ni a una orden de cateo; la detención de la víctima no se llevó a cabo como consecuencia de estar cometiendo algún ilícito que actualizara la figura jurídica de flagrancia (el supuesto secuestro), puesto que la víctima se encontraba durmiendo en su domicilio, además de que la retuvieron ilegalmente, al permanecer en custodia  y autoridad de dos agentes navales y otros elementos durante más de 18 horas antes de ser puesto a disposición del MPF, lo que ocurrió realmente a las 20:00 horas del 24 de enero de 2011; todo ese tiempo fue sometido a actos de tortura.

 

Tras analizar el caso, este Organismo Nacional Autónomo encontró evidencias que le permitieron acreditar violaciones a los derechos humanos a la inviolabilidad del domicilio, privacidad, libertad, seguridad jurídica y personal, y a la integridad personal en agravio de la víctima, atribuibles a personas servidoras públicas de la SEMAR.

 

Por lo anterior, la CNDH solicitó al Secretario de Marina que, con el apoyo jurídico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se brinde la reparación integral del daño a la víctima, que incluya una compensación justa, en términos de la Ley General de Víctimas, se le inscriba en el Registro Nacional de Víctimas, a fin de que tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, así como para que se le brinde la atención psicológica que requiera.

 

Igualmente, se solicita colaborar ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia y queja que por estos hechos se formulen ante la Fiscalía General de la República y el Órgano Interno de Control en la SEMAR; y aporte la Recomendación en la investigación ministerial que se instruye en contra de las personas servidoras públicas involucradas.

 

Asimismo, se diseñen e impartan cursos en materia de respeto a los derechos humanos, para combatir hechos como los que dieron origen a esta Recomendación, como cateo ilegal, detención arbitraria, retención ilegal, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, con énfasis en la Ley de la materia, dirigidos al personal que preste sus servicios en funciones de seguridad pública en la Ciudad de México.

 

Por último, solicitó publicar en el sitio web e intranet de la SEMAR el texto íntegro de la presente Recomendación para el conocimiento del personal naval, y designar a una persona servidora pública como enlace con la CNDH para dar seguimiento al cumplimiento de esta.

 

La Recomendación 109/2021 ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página cndh.org.mx

 

¡Defendemos al pueblo!

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