21 de diciembre de 2024

Leyes de amparo y amnistía atentan contra los derechos de grupos sociales

Las reformas a la Ley de Amparo y de Amnistía, deja desprotegidos los derechos de las personas afectadas por políticas del Estado mexicano

amnistía

7 de mayo de 2024. La aprobación de la reforma a la Ley de Amparo, que impide que los jueces suspendan con efectos generales normas y obras impugnadas en los tribunales, es contraria a la Constitución y a los derechos humanos, y afecta primordialmente a los grupos y colectivos sociales vulnerables. Así lo manifestó Marcos del Rosario Rodríguez, director del Departamento de Estudios Sociopolíticos y Jurídicos (Dsoj) del ITESO, con respecto a las consecuencias tanto de la nueva Ley de Amparo como de la reforma a la Ley de Amnistía, también aprobada el pasado miércoles 24 de abril.

De acuerdo con el especialista, las modificaciones a la Ley de Amparo «son retrógradas y contradictorias a la propia primacía de la Constitución y a los derechos humanos reconocidos tanto en la Carta Magna como en los tratados internacionales en la materia».

Por lo tanto, espera que la reforma sea revertida por el Poder Judicial por varios motivos: va en contra del orden constitucional, afecta la independencia judicial y, posiblemente lo más importante, abre una puerta a que se trastoquen o violen los derechos de colectivos y grupos sociales, especialmente los más vulnerables, que quedarán en estado de indefensión.

De acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el amparo es una herramienta jurídica cuyo propósito es que el ciudadano pueda defenderse, «de manera pacífica, de los actos de la autoridad pública que violen sus derechos», especialmente los que recoge la propia Carta Magna.

En 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 8, reconoce que «toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley». Este tratado es reconocido por México.

Sin embargo, la reforma a Ley de Amparo se da en un contexto de enfrentamiento abierto entre el Gobierno Federal y el Poder Judicial, que ha frenado políticas, obras (como el Tren Maya) y otros proyectos de la administración encabezada por Andrés Manuel López Obrador (AMLO), por considerarlos violatorios a derechos.

Un ejemplo citado por Del Rosario Rodríguez fue la suspensión de la reforma eléctrica propuesta por AMLO en 2021 por parte del juez Juan Pablo Gómez Fierro, que volvió definitiva la SCJN en este 2024. Varios actores afectados por esa nueva ley interpusieron amparos, que fueron concedidos, ya que se afectaba la competencia económica, se contravenía la Constitución y se perjudicaban los derechos ambientales.

El aspecto más grave de la reforma a la Ley de Amparo, dijo Del Rosario, es la afectación a grupos y colectivos cuyos derechos serán más susceptibles de ser violentados, por ejemplo, «las comunidades indígenas o las personas afectadas por leyes en materia ambiental o de salud pública».

«Es una ley diseñada para que los grupos, sectores o colectivos no puedan moverse o verse beneficiados por una suspensión», calificó el académico. «Es altamente grave. Nunca había visto una ley de Amparo que atentara directamente contra posibles beneficiarios del amparo».

 

Ley de Amnistía, en peligro de volverse discrecional

También se aprobaron reformas a la Ley de Amnistía, que facultará al Presidente para otorgar un perdón o amnistía de forma directa a «personas que aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado mexicano», según reza el proyecto avalado.

Sin embargo, pese a que en principio pueda verse esta nueva ley como una medida restaurativa de graves delitos del pasado —por ejemplo, la desaparición forzada de los 43 normalistas de Ayotzinapa en 2014—, el hecho de que sea el Presidente quien determine cuáles son los delitos cuya sentencia se deba interrumpir, incluso si son delitos como tráfico de drogas, homicidio o secuestro, puede acarrear el riesgo de que tales decisiones sean discrecionales.

Por lo tanto, el reto ahora será interponer una acción de inconstitucionalidad para echar atrás esta reforma, debido a que se opone a los derechos de las víctimas reconocidos en la Carta Magna. Además, agregó, hay que luchar por delimitar cuáles son los delitos que el Presidente puede «perdonar» y no dejarlo en el vacío legal.

«De no ser así, vamos a tener una norma que, lejos de restaurar y reparar integralmente, se prestará a una cuestión discrecional», alertó Marcos del Rosario Rodríguez.

De un modo similar lo ve el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), que advirtió que la medida se parece a un «indulto presidencial extraordinario».

Además, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México alertó que la nueva amnistía viola el derecho a la reparación del daño de las víctimas de delitos perpetrados por personas que pueden ser liberadas gracias al «perdón» presidencial.

«La amnistía implica un olvido legal de la responsabilidad penal por ciertos delitos, pero no debe menoscabar el derecho a la verdad y a la reparación del daño de las víctimas», afirmó.

 

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