Emite SEP criterios de evaluación en Educación Básica ante emergencia sanitaria
Para realizar una evaluación oportuna deberá valorarse el esfuerzo de quienes participan activamente en la comunidad escolar
Con el objetivo de aplicar una evaluación, a las alumnas y alumnos de Educación Básica, con equidad, la Secretaría de Educación Pública (SEP) emitió las Orientaciones pedagógicas y criterios para la evaluación del aprendizaje para la educación preescolar, primaria y secundaria en el periodo de contingencia sanitaria generada por el virus SARS-coV2 (COVID-19) para el ciclo escolar 2020-2021.
Lo anterior, porque no se regresará a clases presenciales en las escuelas, hasta que haya semáforo epidemiológico verde en las entidades donde se encuentren, ya que anteriormente se suspendieron las labores para evitar riesgo a la salud de alumnos, docentes, madres y padres de familia.
Con base en las evidencias de las y los maestros, el proceso de enseñanza-aprendizaje varía, en gran parte, por el entorno familiar de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes; los niveles de accesibilidad a dispositivos electrónicos y conectividad; la disposición de espacios adecuados para el aprendizaje y el acompañamiento de madres, padres de familia y tutores.
Por ello, se determinaron tres niveles de comunicación y participación de las y los alumnos:
- Comunicación y participación sostenida. Cuando existe una comunicación continua entre el titular del grupo o asignatura y sus alumnos.
- Comunicación y participación intermitente. Cuando la comunicación entre alumnos y docentes es esporádica o parcial.
- Comunicación inexistente. Cuando no hay posibilidad de dar seguimiento al proceso educativo de los educandos.
Para realizar una evaluación oportuna y eficiente del logro educativo de los estudiantes, así como de sus avances en los aprendizajes esperados, deberá valorarse el esfuerzo de quienes participan activamente en la comunidad escolar, e incentivar a quienes, por cualquier razón, no han establecido algún canal de comunicación con el personal docente y directivo.
La SEP plantea, para todos los niveles y modelos de aprendizaje, las consideraciones siguientes:
- Dar prioridad a la función formativa de la evaluación.
- Emplear estrategias complementarias para el aprendizaje.
- Valorar los avances a partir del contexto particular de las y los estudiantes.
- Considerar las condiciones específicas en las que la emergencia sanitaria afecta a cada alumna y alumno.
- Asignar calificaciones sólo en los casos donde el personal docente tenga certeza de las condiciones de salud, accesibilidad y acompañamiento de sus estudiantes.
- Utilizar la evaluación como un instrumento para mejorar el aprendizaje.
Los criterios establecidos por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR) y por la Dirección General de Desarrollo Curricular (DGDC), indican que la evaluación estará a cargo del docente de grupo en Prescolar, Primaria y Telesecundaria, y del docente de asignatura en Secundaria. En caso de ausencia, la directora o director, supervisora o supervisor, podrán asumir dicha atribución.
Los alumnos que mantengan una comunicación y participación sostenidas serán evaluados con base en las disposiciones del Artículo 10 del Acuerdo 11/03/19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 29 de marzo de 2019.
Para las y los alumnos con los que se mantiene una comunicación y participación intermitentes, deberá anotarse en la boleta de evaluación la leyenda “información insuficiente”.
En educación Preescolar deberá anotarse en el apartado Observaciones y sugerencias sobre los avances de aprendizaje; y en educación Primaria y Secundaria, en el espacio de Observaciones o recomendaciones generales del docente.
El documento también establece para las alumnas y alumnos con comunicación prácticamente inexistente, que se deberá registrar en la boleta de evaluación la leyenda “Sin información”, para Preescolar, en el apartado Observaciones y sugerencias sobre los avances de aprendizaje, mientras que, para Primaria y Secundaria, en el de Observaciones o recomendaciones generales del docente.
Así, las calificaciones o valoraciones registradas para este y, en su caso, para el periodo subsecuente, serán preliminares, ya que las calificaciones definitivas se registrarán al final del Ciclo Escolar 2020-2021, de acuerdo con lo que establezca la norma correspondiente.
En el caso de las alumnas y alumnos en traslado que soliciten presentar la valoración del primer periodo en la nueva escuela, podrán hacerlo con el apoyo del docente que se encuentre a cargo del grupo receptor.
La comunicación de los resultados de la evaluación y, entrega de boletas de evaluación a madres y padres de familia o tutores, se realizará en los periodos señalados en el calendario; las boletas de evaluación podrán ser puestas a su disposición por medios electrónicos o los medios disponibles pertinentes, respetando las medidas sanitarias emitidas por la autoridad competente.
Por lo que la comunicación del resultado de la evaluación, también podrá realizarse a distancia, utilizando las tecnologías de la información o los medios disponibles a su alcance.
Asimismo, las familias que requieran orientaciones específicas, para favorecer el aprovechamiento de sus hijas e hijos o pupilos en el hogar, podrán acordar con los docentes de grupo, los medios y horarios para tal fin.
De la misma forma, en las localidades que no sea posible la entrega de boletas a través de medios electrónicos, se podrá acordar con las autoridades escolares del plantel la entrega física en la escuela, cuando esto sea posible, siguiendo las medidas de higiene, limpieza y sana distancia.