21 de noviembre de 2024

Emite CNDH recomendación a empresa cervecera en Mexicali, BC

Este Organismo nacional constató que se violó el derecho humano al agua en perjuicio de la población en general y agricultores del Valle de Mexicali

Preocupada por la falta de acceso al agua en nuestro país, problemática que se agudiza en función del crecimiento de la población, el desarrollo económico y los patrones de consumo cambiantes, entre otros factores, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió la Recomendación 01/2020 a propósito del conflicto generado con la construcción de una empresa cervecera en Mexicali, Baja California, propiedad de la compañía Constellation Brands.

 

Es la primera de una serie de Recomendaciones que se darán a conocer en breve y que han sido preparadas y revisadas por la Ombudsperson Nacional, María del Rosario Piedra Ibarra, en las primeras semanas de estar al frente de este Organismo Nacional Autónomo.

 

Dirigida al Gobernador de Baja California y a la Directora General de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), la Recomendación 1/2020 plasma las violaciones al derecho humano al agua en perjuicio de la población en general y agricultores del Valle de Mexicali, derivadas de actos y omisiones en diversos trámites y procedimientos para la instalación y operación de ese proyecto industrial en el municipio de Mexicali.

 

La Recomendación responde a la queja de pobladores del lugar que han sido parte de los movimientos y protestas, detenciones y movilizaciones, así como debates y foros de discusión contra las autoridades responsables de las concesiones otorgadas a Constellation Brands. Su importancia, radica en que trasciende el ámbito local por la discusión nacional e internacional en torno a la crisis ambiental y del cambio climático que se complica con proyectos de desarrollo que profundizan estos problemas.

 

Basada en la defensa del derecho humano al agua, la recomendación no se limita a investigar si hay o no capacidad hídrica para la instalación de una cervecera en Mexicali, sino que asume la defensa del derecho al agua prioritariamente para consumo personal y doméstico, que debe cuidarse estrictamente en una zona desértica y con decreto de veda, por lo que no puede hacerse abstracción del contexto en que una empresa privada pretende hacer uso del agua.

 

La CNDH considera que no se puede actuar con una visión inmediatista; el derecho al agua prioriza su consumo personal y doméstico y no el empleo privado e industrial; probablemente podría haber agua para la producción de cerveza en Mexicali los próximos 50 años, pero a costa del consumo personal y doméstico.

 

Para la CNDH en este tema la consulta ciudadana no es la solución, además de que hay diversas opciones al respecto que no dan certidumbre ni son vinculatorias; el problema es más complicado y parte del reconocimiento del derecho al agua como derecho humano; como en otros casos, la Comisión Nacional afirma que los derechos humanos no se someten a consulta, sino que se deben respetar.

 

La Recomendación 1/2020 puede ser consultada en el sitio web de la CNDH:

https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2020-02/REC_2020_001.pdf

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