21 de noviembre de 2024

Dirige CNDH recomendación a SEMARNAT, CONAGUA, gobierno de Chiapas y diversos municipios, por la contaminación del río Suchiapa

Ante la insuficiencia de medidas de vigilancia y sanción, planteó la urgente aplicación de medidas en materia de prevención de contaminación y conservación de los recursos hídricos

Imagen tomada del portal: www.animalpolitico.com

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 3/2020, tras acreditar violaciones a los derechos humanos a un medio ambiente sano y al saneamiento del agua, por la contaminación del río Suchiapa y sus afluentes, proveniente de las descargas de aguas residuales sin tratamiento y la inadecuada gestión de los residuos sólidos en los municipios de Villaflores, Ocozocoautla de Espinoza, Suchiapa, Chiapa de Corzo y Tuxtla Gutiérrez, en el estado de Chiapas.

 

Este Organismo Nacional confirmó que las autoridades municipales han incumplido los criterios de disponibilidad y accesibilidad, a los servicios públicos básicos de drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, así como de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos.

 

Aunado a la insuficiencia de medidas de vigilancia y la consecuente imposición de medidas sancionatorias, ha conllevado a la contaminación del río Suchiapa, poniendo en riesgo la salud del ecosistema, la biodiversidad y de la población.

 

Más allá de implicar únicamente infracciones al marco normativo, estas faltas suponen incumplimiento a la obligación de las autoridades competentes, de asegurar el equilibrio ecológico y, por ende, una calidad de vida satisfactoria para la salud de los ecosistemas y la población.

 

Dicha Recomendación se dirigió a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), así como al Gobernador del Estado de Chiapas y a los Presidentes Municipales de los Ayuntamientos por donde fluye el río Suchiapa.

 

Lo antes mencionado pone de manifiesto la necesidad de implementación de medidas de urgente aplicación, en materia de prevención de contaminación y conservación de los recursos hídricos, como la instalación de sistemas de saneamiento de aguas residuales, apropiados y acordes a las características y condiciones particulares del sitio y del contexto socioeconómico, priorizando el uso de tecnologías flexibles y de bajo costo, y que se garantice la provisión de los recursos necesarios no sólo para la construcción e instalación de los mismos, sino también para la asignación del recurso suficiente para el debido funcionamiento y mantenimiento.

 

Derivado de lo anterior, este Organismo Nacional estimó indispensable emitir 49 puntos recomendatorios, bajo el enfoque del principio de precaución; 8 de ellos a la SEMARNAT, 10 a la CONAGUA, 15 al Gobierno del Estado de Chiapas y 16 puntos a cada uno de los municipios involucrados, que en resumen sugieren lo siguiente:

 

A todas las autoridades, se les recomendó participar en la firma de un convenio y/o acuerdo de coordinación interinstitucional, con participación de representantes de centros de investigación con experiencia en el tema y de organizaciones de la sociedad civil, que así lo deseen; con el objeto de elaborar e implementar un Programa Integral de Restauración Ecológica o de Saneamiento del río Suchiapa.

 

A la SEMARNAT y a la CONAGUA se les recomienda  incluir, en su próximo Programa Anual de Trabajo, líneas de acción específicas para el fortalecimiento de los organismos operadores del agua y saneamiento, y de gestión de los residuos sólidos urbanos; y a suscribir los convenios necesarios con el Gobierno del Estado de Chiapas y/o directamente con los municipios involucrados, a efecto de concertar acciones e inversiones para la gestión de obras y la operación de infraestructura municipal para la debida prestación de los referidos servicios públicos.

 

Se recomienda a la CONAGUA y a la SEMARNAT, esta última por conducto de la PROFEPA, a que, en el ámbito de sus competencias, lleven a cabo recorridos en la región para verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental, e iniciar, en su caso, los procedimientos administrativos sancionadores respectivos.

 

A la CONAGUA se le recomienda, realizar un análisis exhaustivo y actualizado de la calidad del agua del río Suchiapa y sus afluentes, así como un inventario de los puntos de descarga de aguas residuales al mismo; y garantizar el acceso a la información.

 

Se insta al Gobernador del Estado a gestionar la expensa suficiente para otorgar recursos públicos a los municipios referidos, para la sostenible y eficaz prestación de los servicios públicos. Así mismo, se le sugiere realizar un diagnóstico toxicológico de los riesgos y daños a la salud de la población, por la contaminación del río Suchiapa.

 

Se le recomienda también que, en colaboración de los Ayuntamientos involucrados, lleve a cabo un inventario de granjas porcícolas en la región y la planeación de las medidas de capacitación, infraestructura y equipamiento necesarias, para el diseño de políticas y programas enfocados en buenas prácticas pecuarias. Así como, realizar un inventario de sitios de disposición final de residuos, tanto controlados y autorizados como no controlados, y de ser necesario se dicte el cierre inmediato y clausura de los mismos. Y que elaboren y actualicen sus respectivos Programas locales para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial.

 

A los Presidentes Municipales se les recomienda realizar los trámites para obtener o regularizar sus permisos de descarga; que elaboren un proyecto ejecutivo y presupuesto necesario para la puesta en marcha de sistemas de saneamiento de aguas residuales y de gestión de residuos, que garanticen su sostenibilidad. Y de ser necesario gestionen ante la SEMARNAT, la CONAGUA o el Gobierno estatal, los convenios necesarios y la inscripción a los diversos programas de financiamiento disponibles en las materias.

 

Finalmente, a todas las autoridades se les recomienda colaborar con la CNDH en la presentación de la respectiva queja administrativa que se presente ante la instancia correspondiente por las irregularidades descritas, así como capacitar a los servidores públicos sobre derechos humanos y la debida diligencia administrativa, entre otros.

 

La presente Recomendación, que ya fue debidamente notificada a sus destinatarios, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx

 

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