18 de abril de 2024
Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) Alejandra Palacios (Foto Tomada de Web de Proceso)

Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) Alejandra Palacios (Foto Tomada de Web de Proceso)

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 60/2018 a los integrantes del Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), por la afectación que dos de sus Comisionados provocaron, al emitir opiniones y pronunciamientos fuera de los procedimientos de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

 

Este Organismo Nacional confirmó que, con sus declaraciones, los servidores públicos de la COFECE violaron los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la legalidad y al debido proceso de los agraviados.

 

La CNDH recibió las quejas de dos representantes de los Colegios de Notarios de la Ciudad de México y del Estado de México, en las que señalaron la afectación de la imagen pública de los fedatarios derivado de manifestaciones de los Comisionados de la COFECE, con motivo del trabajo titulado “Leyes estatales del Notariado”, que resultó ganador del “Premio para identificar el obstáculo más absurdo para competir y emprender 2016 y 2017”.

 

Señalaron que tales opiniones se emitieron sin seguir alguno de los procedimientos previstos en la LFCE, por lo que se violan los derechos humanos al debido proceso y a contar con adecuada defensa. Además, subrayaron, esas opiniones y recomendaciones emitidas carecen de fundamento y motivación necesaria, por lo que son violatorias del derecho a la legalidad.

 

Añadieron que, en su opinión, la COFECE carece de competencia para emitir recomendaciones respecto de la actividad notarial, toda vez que los notarios públicos no tienen la calidad de agente económico, en virtud de que no llevan a cabo actividad que persiga la obtención de un lucro.

 

Tras concluir su investigación, la CNDH no se pronuncia sobre la pertinencia de los comentarios ni de las propuestas formuladas con motivo del tema abordado en el trabajo ganador del concurso, ya que los Comisionados de la COFECE tienen el derecho de expresarse sobre la materia que les compete, pero al hacerlo debieron ajustarse a lo establecido a la LFCE.

 

Tampoco cuestiona el concurso convocado por esa Comisión, ya que encuadra en las actividades de promoción y divulgación que la LFCE le reconoce, para que los participantes realicen trabajos encaminados a analizar aspectos relacionados con la actividad de esa institución.

 

Este Organismo Nacional acredita, sin embargo, la violación a derechos humanos, dado que los Consejeros de la COFECE fijaron una postura institucional al hacer suyos los argumentos del trabajo ganador y formular consideraciones y señalamientos respecto de la actividad notarial sin seguir los mecanismos o procedimientos establecidos en la LFCE y no dar oportunidad a los agraviados de realizar manifestaciones o aportar información.

 

Por ello, la CNDH solicita a la COFECE que en plazo no mayor a los 30 días siguientes al de la aceptación de la Recomendación emita una circular dirigida a su personal para que, en temas de su competencia, en los que puede haber afectación a terceros y respetando la libertad de expresión, se observen los procedimientos establecidos en la LFCE; además, se publique la circular en el portal oficial de internet de la COFECE.

 

También que, en plazo no mayor de seis meses, se diseñe e imparta un curso integral al personal de la COFECE en materia de derechos humanos, cuyo contenido deberá estar disponible en formato electrónico y en línea para que pueda ser consultado con facilidad.

 

Además, designar a la persona servidora pública que será enlace con esta Comisión Nacional para dar seguimiento al cumplimiento de la presente Recomendación y, en caso de ser sustituida, deberá notificarse oportunamente a la CNDH.

 

La Recomendación 60/2018, que ya fue debidamente notificada a sus destinatarios, puede consultarse en la página www.cndh.org.mx

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