21 de noviembre de 2024

Padrón confiable y definitivo, requisito para que el INE organice elecciones internas de los partidos

El INE y el PRI podrían celebrar un convenio para la organización de la elección interna de ese partido el 9 de mayo, siempre y cuando cuente con un padrón de militantes definitivo

La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) ha determinado que un padrón de militantes actualizado debe ser la base de cualquier elección interna de los partidos políticos, vía consulta a la militancia.

Es por esta razón que solamente se podrán organizar las elecciones de las dirigencias de los partidos políticos nacionales por el método de consulta a la base militante, siempre y cuando los partidos cuenten con padrones de militantes definitivos y actualizados, así como con las cédulas de respaldo de las afiliaciones de cada una de las personas que los integran.

Actualmente, todos los partidos políticos están sujetos a un procedimiento para la revisión, actualización y sistematización de los padrones de sus afiliadas y afiliados, por lo que tienen hasta el 31 de enero de 2020 para entregar al INE sus padrones definitivos, según lo dispuesto en el Acuerdo INE/CG33/2019, y posteriormente se verificarán por el Instituto.

Este procedimiento de revisión terminará después de febrero de 2020 y hasta ese momento el INE estaría en aptitud de organizar elecciones de dirigentes de partidos mediante el método de elección directa (consulta a la base militante).

En este sentido, para que el INE y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) puedan celebrar un convenio para la realización de la elección interna del partido en septiembre de 2019, debe tener concluido el proceso de revisión, actualización, sistematización y consolidación de su padrón de militantes y contar con un padrón actualizado, que debe entregar inmediatamente a la autoridad electoral.

Se precisó que, con la entrega del padrón definitivo por parte del PRI en mayo para organizar la elección interna, concluiría respecto de dicho partido político la vigencia del régimen excepcional establecido en el Acuerdo INE/CG33/2019; de manera que las quejas que resulten fundadas por indebida afiliación, se sancionarán nuevamente de forma económica por cada persona.

Asimismo, se señaló que el monto aproximado de costos asociados a la elección interna de la dirigencia nacional del PRI, por el método de elección directa por la base militante, es de 230 millones de pesos tomando en consideración el padrón de militantes informado de 6 millones 605 mil 740 y que podría aumentar a 7 millones; y las 13 actividades que se contemplan son:

1.- Integración y funcionamiento de órganos desconcentrados

2.- Padrón de Afiliados

3.- Ubicación de Mesas Receptoras de Votación (MRV)

4.- Representantes de planillas

5.- Documentación y material electoral

6.- Personal auxiliar

7.- Jornada Electoral

8.- Bodegas electorales

9.- Traslado de Paquetes Electorales (TPE)

10.- Registro de actas

11.- Integración de las Mesas Receptoras de Votación

12.- Cómputos

13.- PREP

Se requirió al PRI diversa información que deberá entregar al INE en el plazo concedido.

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