26 de marzo de 2024

27 de diciembre último día para condonar multas y recargos en trámites vehiculares e impuestos estatales en BC

El Decreto que contiene diversos estímulos fiscales inició el 22 de noviembre y concluye el 27 de diciembre de 2019

MEXICALI,B.C., 26 de diciembre de 2019.-“Mañana concluye el Decreto del Gobernador, en el que se aplica condonación del 100 por ciento de los derechos por canje extemporáneo de placas, tarjetas de circulación y por incumplimiento en pago de licencias de conducir”, dijo el Secretario de Hacienda.

 

Adalberto González Higuera explicó que desde el 22 de noviembre y hasta el 27 de diciembre se ha aplicado un Decreto de estímulos fiscales, para ayudar a la población en trámites vehiculares e impuestos estatales.

 

“Estos estímulos al ciudadano consisten en que los ciudadanos que se pongan al corriente en las gestiones vehiculares e impuestos estatales no pagarán las multas y recargos estatales del trámite”, indicó el Secretario.

 

Detalló que mediante este Decreto se condona el 100% de los derechos por canje extemporáneo de placas, calcomanías y tarjetas de circulación, tanto del servicio particular como del servicio público.

 

González Higuera agregó que se incluye también la condonación del 100% en multas por el incumplimiento de expedición o revalidación de placas, calcomanías y tarjeta de circulación, así como en pago extemporáneo de licencias de conducir.

 

Incluso añadió, éste decreto incluye la opción de la condonación del 75% de los derechos extemporáneos generados y del 100% de las multas, cuando el contribuyente decida cumplir mediante pago a plazos del crédito fiscal omitido, siempre que el mismo no exceda de 6 meses, y realice un pago inicial del 25% del adeudo a más tardar el 27 de diciembre de 2019.

 

El funcionario sostuvo que, de igual manera, se extiende la condonación del 100% en multas y recargos, si se paga en una sola exhibición a más tardar el 27 de diciembre.

 

Mientras que solo se pagará el 50% en recargos y 100 % en multas si se paga en plazos, siempre que la liquidación de la deuda no exceda de 6 meses, y realice un pago inicial del 25% del adeudo a más tardar el 27 de diciembre de 2019.

 

Además, se condonará el 100% en multas a personas físicas que tributaron Impuesto sobre la Renta bajo el régimen de pequeños contribuyentes o régimen intermedio.

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