18 de abril de 2024

La CNDH llama a las autoridades federales, estatales y municipales a garantizar plenamente a la población, el derecho humano a no ser víctima de trata de personas y explotación

En conmemoración del Día Mundial contra la Trata de Personas (30 de julio), urge a las autoridades a realizar acciones de combate de ese delito, su prevención, detección, identificación de las víctimas

En ocasión del Día Mundial contra la Trata de Personas (30 de julio), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hace un llamado urgente a las autoridades en el ámbito federal, estatal y municipal, al cumplimiento de los acuerdos y compromisos internacionales suscritos por nuestro país, así como de las normas constitucionales y legales que les obligan a la protección de las personas ante este delito; particularmente, en la prevención, combate y sanción de este crimen y sus finalidades, la detección e identificación de casos, así como la asistencia, atención y protección a las víctimas desde una perspectiva de derechos humanos.

 

Este Organismo nacional considera que la atención, protección, procuración de justicia y el derecho a una reparación integral son objetivos que el Estado mexicano debe priorizar cuando estamos frente a víctimas de trata de personas.

 

El 30 de julio de cada año, de acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas (ONU), se conmemora el Día Mundial contra la Trata de Personas, con la finalidad de concientizar a la población sobre la situación de las víctimas de la trata de seres humanos y para promocionar y proteger sus derechos.

 

Es de suma importancia para la generación de políticas públicas en la prevención y combate a este delito, tener en cuenta que los tratantes realizan diversas actividades para captar, trasladar, transportar, entre otras formas, a sus víctimas, utilizando en algunos casos el engaño, enamoramiento, falsas promesas de trabajo, ofertas atractivas, aprovecharse de una condición de vulnerabilidad.

 

En el Diagnóstico sobre la situación de la trata de personas 2019, realizado por esta Comisión Nacional, se identificaron por parte de las procuradurías y fiscalías de justicia, tanto federal como estatales, 5,245 víctimas de los delitos en materia de trata de personas. Las mujeres y niñas representaron el mayor porcentaje de víctimas, con el 85%, en comparación con los hombres y niños, que significaron el 15%.

 

A nivel nacional, también se identificó que las autoridades, no contaban con información del 72% de las víctimas respecto a su pertenencia a algún grupo en condiciones de vulnerabilidad.  Por lo que, en este sentido, debe visibilizarse que las mujeres, niñas y niños, personas en situación de calle, discapacidad, adultos mayores, indígenas, comunidad LGTTTIQ+, entre otros, se encuentran en condiciones de vulnerabilidad ante la trata de personas y la explotación.

 

De igual manera, en dicho Diagnóstico, se menciona que la mayoría de las víctimas identificadas, lo fueron en el ámbito sexual y laboral, por lo que deben realizarse acciones proactivas de detección e identificación de otros fines de explotación de este delito, establecidos en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

 

La esclavitud, condición de siervo, mendicidad forzosa, utilización de personas menores de dieciocho años en actividades delictivas, adopción ilegal de persona menor de dieciocho años, matrimonio forzoso o servil, tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos, y experimentación biomédica ilícita en seres humanos, también constituyen fines de la trata de personas y formas de explotación que se encuentran tipificadas y sancionadas en la ley en la materia.

 

La trata de personas es considerada a nivel mundial como un grave delito, que atenta contra la dignidad de las personas y sus derechos humanos. En la agenda 2030 para el desarrollo sustentable de la ONU, dentro de las metas que deben alcanzar los países miembros, en los objetivos 5 y 8, se comprometen a eliminar todas las formas de trata, así como sus fines, como la explotación sexual, trabajo forzoso y otros más.

 

Según cifras y datos del Informe Global de Trata de Personas 2018, de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), en el año 2016, se detectaron más de 24,000 víctimas. A nivel global, el 72% de las víctimas detectadas en 2016 eran mujeres: el 49% de los casos adultas y el 23% niñas, lo que representaba un incremento en relación con el informe de 2016.

 

Por su parte el Trafficking in Persons Report 2020, del Departamento de Estado de Estados Unidos de América, reporta que los países a los que clasifica como del hemisferio oeste, entre los que se encuentra México, que, en el año 2019, realizaron 1,386 investigaciones e identificaron a 12,473 víctimas. 

 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el año 2016, emitió la Sentencia: “Caso trabajadores de la hacienda Brasil Verde vs. Brasil”, misma en la que se pronunció respecto del tema, determinando que los Estados tienen la obligación de garantizar y proteger a las personas contra toda forma de esclavitud y trata de personas, estableciendo el derecho humano a no ser víctima de este delito.

 

Al formar parte de estos sistemas de protección internacionales de los derechos humanos de las personas, México, a través de sus autoridades federales, estatales y municipales, asume esta obligación, por lo que deben visibilizar este delito, no solamente desde el ámbito penal, sino también como un acto que atenta contra los derechos humanos como la libertad, seguridad e integridad entre otros, con la finalidad de proteger y garantizar el acceso efectivo a una vida digna. Lo anterior, debe ser una prioridad del Estado mexicano con el objetivo de erradicar los factores sociales, culturales y económicos que hacen que la trata de personas subsista.

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