22 de diciembre de 2024

Trabajadores del gobierno federal no regresarán a oficina hasta el 30 de julio

Esta medida busca reducir el riesgo de contagio y dispersión de la COVID-19 sin alterar el debido cumplimiento de las funciones institucionales

Trabajadores de gobierno federal no regresarán a oficina hasta el 30 de julio

Trabajadores de gobierno federal no regresarán a oficina hasta el 30 de julio

Con la finalidad de reducir la dispersión del coronavirus SARS-CoV2 y proteger la salud de los servidores públicos y la ciudadanía, la Secretaría de la Función Pública (SFP) emitirá un Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para prolongar el trabajo a distancia en la Administración Pública Federal (APF) desde el 3 de mayo y hasta el 30 de julio de 2021.

Trabajadores de gobierno federal no regresarán a oficina hasta el 30 de julio
Trabajadores de gobierno federal no regresarán a oficina hasta el 30 de julio

El proyecto de Acuerdo, que ya fue enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, establece los criterios para el manejo de los recursos humanos en el gobierno federal, y destaca que de conformidad con las necesidades del servicio, y siempre y cuando ello no altere el debido cumplimiento de las funciones institucionales, los titulares de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de las unidades de Administración y Finanzas de la APF podrán autorizar o facilitar a las personas servidoras públicas el trabajo a distancia.

Para ello deberá ponerse énfasis en los trabajadores con discapacidad, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, y con enfermedades crónicas consideradas de riesgo por las autoridades de salud, como obesidad mórbida, diabetes mellitus, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, asma, enfermedades cerebrovasculares, infección por VIH, enfermedad renal crónica, estados patológicos que requieren inmunosupresión y cáncer en tratamiento.

Además, podrán establecerse días de trabajo presencial alternados y horarios escalonados para la asistencia a los centros de trabajo, procurando asegurar las medidas sanitarias recomendadas por la Secretaría de Salud.

También se deberá privilegiar el uso de las tecnologías de información y comunicación para la realización de reuniones de trabajo y capacitación, con la finalidad de minimizar el traslado, contacto y riesgo de contagio entre los trabajadores.

Para facilitar la aplicación del trabajo a distancia, los servidores públicos deberán observar los lineamientos para el intercambio de información oficial a través de correo electrónico institucional como medida complementaria de las acciones para el combate de la Covid-19, publicados el 17 de abril de 2020.

El acuerdo que emitirá la SFP precisa que la aplicación de estos criterios no implicará la autorización de vacaciones, viáticos, pasajes o erogación adicional alguna. Asimismo, los servidores públicos que trabajen a distancia deberán observar el horario de su jornada laboral, durante el que deberán mantener plena disponibilidad y desempeñar sus funciones con el debido cuidado.

Dependencias de gobierno excluidas en este acuerdo

Como en ocasiones anteriores, quedan excluidas de estas medidas las secretarías de Salud, Defensa Nacional, Marina, Seguridad y Protección Ciudadana, el Servicio de Protección Federal y la Guardia Nacional, el Servicio Exterior Mexicano y los institutos Mexicano del Seguro Social y de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado.

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