2 de mayo de 2024

CNDH dirige recomendación al IMSS por inadecuada atención médica de una persona adulta mayor en el HGR -1 en Culiacán, SInaloa, que derivó en su fallecimiento

Se advirtió que la atención médica proporcionada por personal del IMSS fue inadecuada, toda vez que desde el ingreso de la víctima al HGR-1 no fue explorado adecuadamente

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 71/2021 al director general del IMSS, Zoé Alejandro Robledo Aburto, por la inadecuada atención médica que recibió una persona adulta mayor, en   el Hospital General Regional número 1 (HGR-1) en Culiacán, Sinaloa, cuyo personal médico no realizó el tratamiento requerido, situación que empeoró su estado de salud, derivando en su posterior fallecimiento. 

 

La víctima, con antecedentes de diabetes, hipertensión, problemas cardiacos y pie diabético, acudió a consulta médica a ese nosocomio por presentar dolor en úlcera del pie izquierdo, siendo referido al área de angiología para que le practicaran un lavado quirúrgico, lo que no sucedió. 

 

Se advirtió que la atención médica proporcionada por personal del IMSS fue inadecuada, toda vez que desde el ingreso de la víctima al HGR-1, conociendo que se trataba de un paciente diabético de larga evolución, no fue explorado adecuadamente; además, tampoco fue solicitada en forma oportuna una valoración para el Servicio de Cirugía General,  de la especialidad de angiología o de la Unidad de Cuidados Intensivos, a fin de evitar una propagación del proceso infeccioso que cursaba, circunstancias que contribuyeron al deterioro de su estado de salud y a su posterior fallecimiento. 

 

Este Organismo Nacional contó con elementos que permitieron evidenciar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida, así como a la información en materia de salud, en agravio de la víctima, persona en situación de vulnerabilidad.  

 

Por ello, la CNDH solicitó al  titular del IMSS que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), se brinde la reparación integral por los daños causados a quienes por derecho corresponda, que incluya la compensación justa y suficiente con motivo de la inadecuada atención médica que derivó en el deceso de la víctima, en términos de la Ley General de Víctimas; se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas; se les otorgue atención médica, psicológica y tanatológica que requieran, brindada por personal profesional especializado, con especial atención a su edad y necesidades específicas, así como proveerles de los medicamentos convenientes a su situación. 

 

Asimismo, colaborar ampliamente con la autoridad investigadora, en la presentación y seguimiento de la queja y denuncia que esta Comisión Nacional presente ante el Órgano Interno de Control en el IMSS y ante la Fiscalía General de la República, respectivamente. 

 

Finalmente, se diseñe e imparta a todo el personal médico del HGR-1 un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, que considere los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho de protección a la salud, así como la debida observancia y contenido de la Normas Oficiales Mexicanas y Guía de Práctica Clínica citadas en esta Recomendación; se emita una circular dirigida al personal del IMSS en Culiacán, Sinaloa, que contenga las medidas adecuadas de prevención y supervisión, para garantizar que se agoten las instancias pertinentes con la finalidad de satisfacer los tratamientos médicos, conforme a lo dispuesto en la legislación nacional e internacional. 

 

La Recomendación 71/2021 ya fue notificada a su destinatario y puede consultarse en la página web cndh.org.mx. 

 

¡Defendemos al pueblo!  

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