26 de abril de 2024

CNDH dirige recomendación a la FGR y a la FGJ-EM por violación al derecho a la justicia, y al IMSS por negligencia médica en el HGR-72 del Edomex

La persona agraviada presentó una denuncia por negligencia médica del IMSS, la cual le causó invalidez y que perdiera el riñón derecho, ante las entonces PGR y PGJ-EM, sin que estas dependencias hayan tramitado y determinado con diligencia dicha denuncia.

CNDH emite recomendación a Pemex

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 32/2022 al fiscal general de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero y al encargado de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJ-EM), Mario Salas Ortiz, por violaciones al derecho humano a la justicia; así como  al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por violaciones al derecho humano a la salud por negligencia médica, todo ello en agravio de una persona a quien la negligencia médica al practicarle una cirugía derivó en que quedara impedida para trabajar y que perdiera el riñón derecho.

 

El 23 de abril y el 5 de agosto de 2019 se recibieron en la CNDH sendas quejas de la víctima, en las cuales refirió que el 6 de diciembre de 2007 presentó una denuncia por negligencia médica ante la entonces Procuraduría General de la República (PGR), en contra de personal del Hospital General Regional número 72 (HGR-72) del IMSS.

 

La persona agraviada denunció que en 2008, dicha Procuraduría se declaró incompetente y turnaron la denuncia a la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJ-EM), la cual también se declaró incompetente en febrero de 2018 y la regresó a la FGR.  La víctima precisó que las personas servidoras públicas encargadas del caso han incurrido en dilaciones y omisiones en la tramitación y determinación de su denuncia.

 

Asimismo, la víctima refirió que en 2006 sufrió una negligencia médica por parte de una persona servidora pública del IMSS, al practicársele una histerectomía en septiembre de ese año en el HGR-72, que le ocasionó la ligadura del uretero derecho, en la que, al ser tratada quirúrgicamente, resultó con lesión de la vena y arterias iliacas, por lo que quedó impedida para trabajar “con pensión por invalidez definitiva”.  Además, en abril de 2007 la responsabilidad médica derivó en que la persona perdiera el riñón derecho.

 

Esta Comisión Nacional advirtió que, con motivo de la afectación de la salud de la víctima, propiciada por la negligencia médica en la realización de las cirugías que se le practicaron, actualmente esta persona recibe atención médica continua a cargo del HG-58, concerniente al cuidado urológico para la protección del riñón izquierdo.

 

Durante la investigación, la CNDH acreditó la violación al derecho al acceso a la justicia, atribuible a personas servidoras públicas de las entonces PGR y PGJ-EM que participaron en la integración de las denuncias de la víctima, asimismo le fue violentado su derecho humano a la salud por negligencia médica a cargo del personal médico adscrito al HGR-72.

 

Por lo anterior, este Órgano Autónomo recomendó al fiscal general de la República, al fiscal general de Justicia del Estado de México y al director general del IMSS que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se tomen las medidas necesarias para reparar de manera integral los daños ocasionados a la víctima, en términos de la Ley General de Víctimas, en la que se incluya una compensación justa y suficiente, así como la atención médica y psicológica necesaria, y que se le inscriba en el Registro Nacional de Víctimas. Además, que colaboren ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que esta Comisión Nacional formule ante la FGR, para que inicie las carpetas de investigación en contra de los servidores públicos implicados en los hechos.

 

Asimismo, pide que se diseñen e impartan cursos enfocados a las funciones de cada una de las dependencias mencionadas y a los derechos violentados en las situaciones descritas; estos cursos deberán estar disponibles de forma electrónica y en línea, a fin de que puedan ser consultados con facilidad por los servidores públicos.

 

La Recomendación 32/2022 fue debidamente notificada a las autoridades destinatarias y puede ser consultada en la página cndh.org.mx

 

¡Defendemos al pueblo!

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